lunes, 18 de julio de 2005

La falta de moralidad no es excusable

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Cada vez que hay una elección en el gremio de abogados para candidatos a la Corte Suprema de Justicia o el Consejo Nacional de la Judicatura, comienza a circular una multitud de textos anónimos denigrando a los candidatos que no son propuestos por la Asociación de Abogados de El Salvador. Tan pronto empiezan a circular, cientos de abogados comentan: “Ya empezó otra vez Nelson García”. Aún cuando no haya pruebas de quién es el autor, miles de abogados tienen la íntima convicción de que algo tan bajo solo puede provenir de una persona y de su grupo.


Ahora, García Córdova ha enviado a la Asamblea Legislativa una nota firmada, en su calidad de miembro de la Junta de Gobierno de la referida asociación, acusando al doctor Benjamín López Beltrand, uno de los candidatos a miembro del Consejo, persona íntegra e intachable, de tener un juicio pendiente por desfalco a una entidad financiera. La única prueba que presenta de sus dichos es una fotocopia de un dictamen contable, en la que se advierte su alteración, pues ha combinado en la misma los textos de dos documentos escritos con máquinas que tienen tipos diferentes. (Esto nos recuerda cuando en el año 1984 se falsificó un boletín del Centro de Estudios Jurídicos, con la misma técnica, con objeto de denigrar al doctor René Hernández Valiente, entonces candidato a magistrado, y se envió a todos los diputados; en esa ocasión, la procedencia fue fácil de determinar, pues el texto había sido enviado desde el fax cuyo número había proporcionado a la FEDAES para recibir comunicaciones, el representante de la asociación del doctor García.)


Ha sido fácil probar que no existe ningún proceso contra el candidato aludido, quien en realidad fue quien promovió acción para que el delito fuera perseguido, pero algunos diputados parecen haber atendido los dichos del señor García, sin haberlo oído o conocer las pruebas de descargo.


El señor García Córdova fue durante muchos años el abogado más controvertido del gremio. Su deplorable conducta personal era del dominio público y su actuación profesional le valió numerosas denuncias y provocó escándalos de magnitud. Sin embargo, es el abogado más condecorado de la historia del país y ha ocupado gran cantidad de cargos públicos, gremiales y académicos; hasta una facultad de Derecho llevó su nombre. Después de la exhibición de una mínima parte de los videos decomisados en su oficina y divulgación del contenido de otro material, nadie puede tener dudas de su calidad personal, pero tal como lo predijimos desde un principio, no le han faltado defensores, nuestro sistema judicial lo exoneró de todo cargo, sin que protestara más que un pequeño grupo de mujeres, y ha salido, con la Biblia en la mano y el apoyo de algunas de sus coestrellas del video y otros individuos, a ocupar la presidencia de la Asociación de Abogados de El Salvador, una institución que alguna vez fue respetable, pero que ha sido un instrumento en manos de García y su círculo durante muchos años (el mismo lugar donde se realizó el decomiso de videos debía ser el local de la asociación). Afortunadamente, hay un grupo dentro de la asociación que espera moralizar las cosas.


Algo grave pasa en El Salvador cuando los responsables de los hechos más reprobables salen impunes de todas las dificultades que se causan y la sociedad no los hace acreedores ni siquiera a una sanción moral. Se habla mucho de la pérdida de valores, pero nadie toma medidas sobre esto y se permite que tales individuos estén en posiciones que deberían implicar gran respetabilidad. Esto es responsabilidad de los que directamente los elevan a esas posiciones, pero también de los que los toleran. El gremio de abogados y los organismos encargados de la vigilancia profesional, que debían moralizarlo, permanecen apáticos e indiferentes.

lunes, 11 de julio de 2005

Batalla campal

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Como batalla campal definieron los medios de comunicación el enfrentamiento ocurrido el pasado miércoles, cuando agentes antimotines y estudiantes de secundaria y universitarios se enfrentaron violentamente con piedras y balas de goma. Las escenas televisivas fueron más que elocuentes, haciéndonos palidecer y recordar los tiempos de la guerra, cuando la muerte en las calles nos amenazaba diariamente. Como resultado de los disturbios salieron lesionados varios agentes de policía, estudiantes y transeúntes, y fue destruido un autobús de servicio público.


Estas batallas campales no han sido comunes en la posguerra, pero se han dado y resultan un fenómeno alarmante. En el pasado reciente, las marchas ciudadanas han tenido diferentes motivaciones, desde un verdadero ejercicio del derecho de libertad de expresión sobre situaciones de orden social y económico de cuya justicia nadie puede dudar, hasta la manipulación deliberada y estratégica de ciertos sectores con fines políticos e ideológicos. Recordamos marchas o tomas de calles por parte de ciudadanos para demandar servicio de agua potable, tren de aseo, protestar por el alza al pasaje de bus, etc.; en contraste, hemos sido testigos de otras marchas como la ocurrida hace algunos meses cuando casi fue destruida la Alcaldía Municipal de Santa Tecla por un grupo de supuestas vendedoras del mercado negándose al reordenamiento de la ciudad.


Todas estas acciones, y principalmente las que conllevan un tinte político e ideológico de cualquier bando y que desencadenan violencia como la ocurrida la semana pasada, generan zozobra, inseguridad, desestímulo a la economía y envían al exterior un mensaje de incapacidad para resolver nuestros propios problemas de forma civilizada. Ante semejantes hechos, que se están volviendo comunes, nos preguntamos: ¿Cómo podemos construir un sistema político democrático sobre estas bases de violencia callejera? ¿Cómo podemos salir del subdesarrollo con esta forma de “hacer política” y resolver los problemas del país? ¿Cómo podemos reactivar la economía y atraer inversión bajo tal clima de inseguridad? Seguramente, ningún Estado puede sobrevivir a una situación de generalización de semejantes actos vandálicos; además, sus ciudadanos se ven cada día más empobrecidos por la espiral de violencia y por los métodos de resolver sus conflictos. Ejemplos abundan: Bolivia, Perú, Ecuador y, más recientemente, nuestra vecina Nicaragua.


En El Salvador estamos procurando instaurar un auténtico estado de derecho, en donde la ley impere y esté por encima de cualquier individuo, en donde el sistema político reconocido en la Constitución sea vigente y positivo, donde haya aplicación irrestricta de la ley. Hechos como los sucedidos la semana pasada deben ser objeto de sanciones ejemplarizantes, sin distinción alguna.


El ejercicio de libertades como las de libre expresión del pensamiento y manifestación no implica, en ningún momento, una facultad a violar los derechos de los demás y si esto se hace, los participantes en dichas acciones deben ser tratados como criminales que son. No basta dispersar a los responsables de desórdenes públicos y dejarlos libres para que vayan a quejarse de cómo sus derechos humanos les son violados ante la prensa y los demagogos de todo tipo que les seguirán la corriente, sino que hay que capturarlos en el mismo momento y trasladarlos ante autoridad judicial para que respondan por sus acciones. Es necesario, además, revisar la legislación penal vigente que hace prácticamente imposible perseguir a los culpables de delitos cometidos durante manifestaciones, a fin de establecer responsabilidad, tanto penal como civil, de todos aquellos que participan en tales acciones de las que pueda deducirse que su fin lógico es la violencia. Esto no sería un abuso, sino una medida de defensa social.

lunes, 27 de junio de 2005

Crímenes de pandilleros: ¿delincuencia común o terrorismo?

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Cualquier texto jurídico, nacional o internacional, que trate sobre el “terrorismo”, considera que es la realización de actos criminales por medio de los cuales los autores infunden terror a la población con un objetivo determinado, como cambiar violentamente un sistema político.


La Policía Nacional Civil ha anunciado que comenzará a atribuir el delito de terrorismo a los pandilleros, con el argumento de que los mareros infunden terror a la población por la forma como cometen delitos y la gravedad de estos.


Esta declaración debe examinarse, tanto por la tergiversación que hace del concepto, como por la competencia de los tribunales que surge del delito en cuestión.


El terrorista actúa sin importar la condición de las víctimas, con objeto de infundir terror; persigue un objetivo político definido a corto, mediano o largo plazo. Sus crímenes no son aislados, sino que forman parte de una secuencia dirigida a dicho fin y para alcanzarlo. Por lo general, actúa contra personas que se mantienen al margen de las luchas políticas en que se involucra. El delito de terrorismo, además, crea competencia universal, conforme a la cual cualquier país podría juzgar al que lo comete. ¿Es este el caso de los pandilleros de este país?


Ni la ONU ha logrado un concepto unívoco de terrorismo y el que aparece en la llamada Convención de Washington, no está exento de críticas. El delito puede ser nacional y cometido por individuos o grupos, pero se reconoce desde hace tiempo que puede cometerlo el mismo Estado. Las invasiones a otros países, los ataques desmedidos, las protestas sociales o políticas de los movimientos de liberación pueden calificarse, según algunos, como actos de terrorismo, mientras que otros los justifican como lucha contra la opresión dictatorial, salvación de ideas arraigadas en la comunidad o reclamos sociales legítimos.


Desde cualquier punto de vista, para que los actos terroristas se configuren es necesaria la concurrencia de, al menos, dos condiciones: que infundan terror y que busquen objetivos definidos no personales a través del miedo generalizado.


Cualquier delito violento, como los robos a mano armada, las violaciones a menores de edad, los descuartizamientos de personas y otros tantos que cotidianamente sufrimos en nuestro país, puede generar miedo en la población; pero si se cometen satisfaciendo deseos personales o grupales limitados, sin objetivos ulteriores, no pueden ser calificados jurídicamente como terrorismo.


Nadie puede sostener que los fines que persiguen las pandillas son tomar el poder, cambiar el sistema político, conseguir afiliaciones a su pensamiento, defender ideas políticas o sociales, eliminar a un grupo poblacional, ni simplemente generar miedo generalizado.


Los pandilleros cometen delitos por rencillas personales, por remuneraciones, en ocasión de robos, privaciones de libertad, etc.; para todas estas conductas y motivaciones, el legislador ha aumentado la pena hasta cincuenta años de prisión. Tanto el marero que mata a otro por venganza, como la mujer que asesina a cuchilladas a la amante de su esposo, generan terror, pero no dejan de ser delincuentes comunes, con objetivos personales y limitados. De ello, a calificar ambos como terroristas, hay una gran distancia.


Basta de inútiles inventos policiales y excusas en el combate de las maras. Existen suficientes herramientas jurídicas para perseguir sus delitos. Capturen a los delincuentes, obtengan lícita y transparentemente las pruebas de cargo contra ellos, respeten sus derechos, presenten evidencias contundentes a los jueces y lograrán que los criminales permanezcan al menos un cuarto de siglo en prisión si matan a otro.


Declaraciones como las hechas sobre el “terrorismo” de los mareros provocan escepticismo generalizado y burlas hacia las autoridades que las emiten.

lunes, 20 de junio de 2005

Supervisión conjunta de las superintendencias

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Desde hace algún tiempo, las autoridades gubernamentales han informado acerca de la existencia de un proyecto de trascendencia en la vida nacional: la fusión de las superintendencias financieras.


Un argumento que los entendidos invocan con frecuencia para justificar la supervisión conjunta tiene que ver con que los negocios financieros se han vuelto tan complejos, en cuanto a estructura, tamaño, diversidad o territorialidad, solo para mencionar algunos.


En efecto, El Salvador se precia de tener una de las bancas más dinámicas del área, de suerte que está presente en todo el istmo y hace negocios en muchos países; pero esta ventaja se convierte, a su vez, en una debilidad para el supervisor, si no marcha a la misma velocidad con la que los banqueros y financieros idean nuevas formas de hacer negocios y, en definitiva, dinero.


Si lo anterior fuera poco, los supervisores, en casi todo el mundo, tienen que lidiar con una cadena casi interminable de adversidades, que dificulta, todavía más, la labor de supervisión; a decir: leyes insuficientes, procedimientos engorrosos y limitados, escasa cultura de los inversionistas, débiles estructuras organizativas, excesiva exposición personal de los funcionarios supervisores frente la responsabilidad en casos de fraudes o problemas financieros y, en especial, la astucia de los malos comerciantes que se aprovechan de estas grietas para hacer negocios fraudulentos.


Más recientemente, el aparecimiento de los conglomerados financieros, con toda su lógica y complejidad, también hacen ver mal al supervisor cuando este pretende fiscalizar negocios, por lo demás, volátiles, resbaladizos y muchas veces, hasta rozando la imprudencia financiera.


La existencia de los conglomerados financieros no es cuestionada en sí, pero esas dificultades en la supervisión han obligado a generar una también nueva discusión acerca de la nueva forma de supervisar. Actualmente hay dos grandes corrientes de supervisión de entidades financieras en discusión: la que aconseja la especialización y, en consecuencia, tener tantas entidades supervisoras como entidades financieras existan, cuidando de crear las “murallas chinas” entre negocios con similares accionistas o intercambios de capital, y la que propone que, debido a que los conglomerados financieros han crecido tanto, debería quedar consolidada la supervisión en una entidad fortalecida.


Al margen del resultado, el responsable de la elaboración de la política de supervisión, al llevar a cabo el nuevo proyecto, debe tener en cuenta que: a) el supervisor debe contar con todas las herramientas técnicas necesarias para hacer frente a los riesgos generados por la concentración de capital o por la familiaridad en el capital, lo que en lenguaje profano se denomina “dotarlo de dientes”; b) debe tener la capacidad suficiente para supervisar extraterritorialmente, ya que los grupos financieros tienden a radicarse en otros países donde, posiblemente, la legislación no es tan exigente o que por principios territoriales o de soberanía, impida la supervisión transfronteriza; c) debe tener definido si la Superintendencia se dedicará a supervisar o si también podrá crear política sobre la materia que supervisa; y, d) especialmente, debe tener un marco legal moderno que permita desempeñar una supervisión adecuada, sin obstáculos, impidiendo que el supervisor se doblegue ante las presiones políticas, por un lado, o de los poderosos grupos supervisados, por el otro.


Estos elementos deben estar suficientemente desarrollados, de tal forma que se logre que el riesgo del negocio financiero sea razonablemente cautelado por el organismo supervisor.