lunes, 26 de septiembre de 2005

Anomalías en las licitaciones públicas del ISSS

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


No es nada novedoso en nuestro país el mal manejo administrativo que ha tenido por hábito el ISSS. Todos recordaremos los escándalos públicos de algunos funcionarios de esta institución procesados y hasta con órdenes de captura por cargos de corrupción. Obviamente al final como es nuestra triste costumbre todo se pierde en la impunidad y el olvido.


Los medios de comunicación han informado sobre sendas problemáticas en el manejo de las licitaciones públicas del ISSS: adjudicaciones impugnadas, revocaciones de adjudicaciones, quejas administrativas y judiciales. Parece que hoy en día, esta entidad pública se encuentra en la vanguardia de las controversias y los escándalos públicos de los contratos del Estado.


En este contexto de anarquía institucional generalizada en materia de contratación, hemos tenido conocimiento de un caso que quizás sea el paradigma de las irregularidades que rodean la contratación administrativa de esta autónoma.


En octubre de 2004 el ISSS convocó a una licitación para el “Suministro de Medicamentos Varios”, dentro de los cuales se encontraba un producto muy especializado para el tratamiento de trasplante de riñón: “Ciclosporina Micro Emulsión”. Participaron ofertantes de laboratorios reconocidos y otro totalmente desconocido, ofreciendo los primeros productos con experiencias médicas nacionales e internacionales; en cambio el representante del laboratorio ignoto ofertó un producto genérico de origen oriental que adolecía de estudios científicos aceptados, que respaldaran sus efectos positivos y adversos.


Siguiendo con el procedimiento jurídico, la Comisión de Evaluación de Ofertas designada en base a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública recomendó al Consejo Directivo del ISSS adjudicar la licitación a uno de los laboratorios con producto suizo reconocido, que obtuvo el 100% de calificación. Sin embargo, los titulares de esa entidad desatendieron sin dar razones técnicas ni legales dicha recomendación, adjudicando de forma asombrosa al producto de origen oriental que carece de respaldo científico.


Ante esta arbitrariedad el ofertante afectado interpuso “Recurso de Revisión”. En dicho trámite legal se designó una “Comisión de Alto Nivel” para que realizara un estudio de las ofertas. La referida comisión al efectuar su labor se auxilió de las opiniones versadas de los médicos especialistas (nefrólogos); concluyendo al final la mencionada entidad consultiva que la adjudicación debía revocarse y ceñirse a la recomendación original de la Comisión de Evaluación de Ofertas.


Empero nuevamente privó el despotismo de los funcionarios quienes hicieron caso omiso de las opiniones expertas de las comisiones y de los médicos especialistas, confirmando la desafortunada adjudicación.


En vista de semejantes anomalías el ofertante perjudicado en el mes de agosto del presente año, interpuso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia una demanda contra el ISSS, impugnando la nefasta adjudicación.


Sabemos que este caso tiene más interrogantes que respuestas; ¿Por qué el Consejo Directivo del ISSS rechazó en dos ocasiones las opiniones versadas de las Comisiones Técnicas? ¿Cuál es el interés del referido Consejo de favorecer a un laboratorio que ofrece un producto sin credenciales científicas? ¿Cuál es el temor de los funcionarios a que este caso sea revisado por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia?

lunes, 12 de septiembre de 2005

Los títulos falsos vuelven a estar de moda

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Hace cuatro años, el fallido intento de la Fiscalía General de la República de solucionar el problema creado por la venta de títulos de abogado provocó un escándalo mayúsculo, aunque sus resultados prácticos fueron mínimos. Ahora parece ser que hasta dichas modestas consecuencias serán revertidas. Los abogados con título falso contraatacan con gran agresividad y cuentan con apoyo político. ¿Ha llegado la hora de consolidar definitivamente la corrupción?


De las varias manifestaciones de esto, la más notoria la constituye el caso de treinta antiguos jueces destituidos por la Corte Suprema de Justicia por tener título falso y que con tan excelentes credenciales pretenden volver a la carrera judicial, después de haber logrado el registro de sus títulos en el Ministerio de Educación.


Un blanco favorito de sus iras es el antiguo fiscal especial de la investigación de títulos falsos, Roberto Vidales, que lo único que hizo fue cumplir a cabalidad con el encargo que se le encomendó, llegando a llamarlo mentiroso e interponiendo denuncias contra él. Lo curioso es que ni Vidales ni su famoso informe tuvieron que ver con la destitución de esos jueces, porque la Corte Suprema de Justicia rechazó su documento y sus conclusiones. Los casos de algunos de esos jueces, además, ni siquiera fueron dilucidados por la Fiscalía y no aparecen en su listado de títulos falsos.


Ellos fueron destituidos porque una comisión especial nombrada por la Corte examinó sus títulos y determinó que eran falsos. De modo que si hubo error o mentira, a los que se debería cuestionar es a quienes integraron dicha comisión: al primer procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Carlos Mauricio Molina Fonseca, al ex procurador adjunto, Eduardo Urquilla, a la directora de FESPAD, María Silvia Guillén, al ex diputado José Mauricio Rodríguez, y a los ex magistrados Orlando Baños Pacheco y José Ernesto Criollo. Pero, ¿es posible que todos estos pilares de nuestra sociedad hayan mentido o hayan sido tan irresponsables de declarar negligentemente que títulos que no tenían ningún problema eran falsos? No se puede creer.


Hay algo más. Esta comisión no hizo una investigación general, como la Fiscalía, sino que se limitó al examen de 199 casos que fueron reportados a la Corte por el Ministerio de Educación como irregulares. Quiere decir que el mismo ministerio los había examinado previamente y dictaminado que eran falsos, por lo que no eran inscribibles. Sin embargo, ahora están inscritos.


La ministra de Educación debe haber notado que sus cuatro predecesores inmediatos, Cecilia Gallardo de Cano, Abigaíl de Pérez, Evelyn Jacir de Lovo y Rolando Marín, tuvieron conocimiento de esos títulos y se negaron a registrarlos porque eran falsos. ¿Acaso lo hicieron solamente por maldad? ¿Cómo ha ocurrido el milagro que de repente desaparecieran las irregularidades y los títulos son inscribibles? ¿Por qué se ha hecho? La ministra debería responder esto.


Han trascendido también los avatares de un abogado con título falso, uno de los casos más graves dilucidados por la Fiscalía y que fue determinante para el cierre de una universidad por el ministerio, que ha presentado su título para registro. Parece que ha despertado el interés de muchos políticos salvadoreños que han comenzado a hacer presiones a las autoridades educativas para que ese título sea registrado, a pesar de tener gravísimas y evidentes ilegalidades. Uno de sus principales protectores, se nos dice, es un diputado de un partido que se proclama de izquierda. ¿Rompe la corrupción las barreras ideológicas?


Debe quedar gente decente en este país que en nombre de la moral proteste y exija el cese de este estado de cosas, y si no es así, por lo menos deberían hacerlo quienes tengan temor de ser afectados por la corrupción.

lunes, 29 de agosto de 2005

Probidad y la Corte Suprema de Justicia

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


No han sido las noticias de tabloide los acontecimientos jurídicos más importantes de la semana pasada, sino la solicitud del magistrado René Fortín Magaña a la Fiscalía General de la República para que impugne una resolución de la Corte Suprema de Justicia que priva de facultades de investigación a la Sección de Probidad adscrita a dicha institución. Para la vida institucional del país, eso es lo más importante actualmente. Lo que está en juego es si se va a investigar y castigar la corrupción o si la política del gobierno será que esta quedará en total impunidad. Casi toda la comunidad jurídica del país ha interpretado que la Corte, con el voto de diez de sus magistrados, ha tomado partido y se ha pronunciado por lo segundo.


Hay buenas razones para pensar así. La “Ley sobre enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos” fue emitida en 1959, y después de 46 años, continúa sin haber sido aplicada ni una sola vez para recuperar fondos habidos ilícitamente por funcionarios de Estado y castigar a estos, y no es porque no haya habido casos de corrupción. La Sección de Probidad fue creada para la aplicación de la ley, pero nunca cumplió su función hasta que recientemente llegó a la misma alguien dispuesto a hacer cumplir la ley, el doctor José Eduardo Cáceres Chávez, e hizo ejercer por primera vez las facultades investigadoras de la oficina, establecidas en el art. 27 de la ley. No puede decirse que encontró colaboración, sin embargo; un informe reciente indica que de 1999 a 2005 ha enviado a la Corte, que es la que en definitiva decide si hay lugar a la formación de juicio por enriquecimiento ilícito según lo investigado por la sección, 213 informes y el tribunal no ha considerado ni siquiera uno. ¿Por qué?


La actual crisis surgió a raíz de la solicitud de la sección a varios bancos de remitir los estados de cuentas de varios funcionarios del período presidencial pasado. Tres bancos, que nunca antes habían cuestionado las facultades investigadoras de la sección, respondieron con una consulta a la Corte, pidiéndole que aclarara las potestades de la oficina. El tribunal respondió declarando que únicamente la Corte plena puede solicitar tales informes.


En primer lugar, cabe cuestionar la motivación de los bancos. Nadie objeta el secreto bancario, pero este nunca puede alegarse para encubrir delitos. Es una cuestión que no admite matices. Se está en contra de la corrupción, el lavado de dinero, el narcotráfico, la evasión de impuestos, el secuestro, etc., o se está a favor.


En cuanto a la resolución de la Corte, nadie duda que tiene facultades de interpretar la ley, pero estas facultades no son administrativas, es decir, para resolver consultas, sino que se dan dentro de un proceso judicial, lo que no existe en el caso. Por otra parte, la Corte no ha hecho ninguna interpretación de la ley; interpretar es determinar el alcance de una disposición legal, pero lo que ha hecho la Corte es afirmar que la ley dice lo contrario de lo que dice y esto es una violación de la misma. Además, indica que solo se pedirán tales informes cuando hubiere “indicios” de enriquecimiento ilícito, lo que significa que no se investigará nunca, ya que ha privado a la sección hasta de la facultad de comprobar la veracidad de las declaraciones que le hacen los funcionarios públicos.


¿Por qué la Corte ha tomado esta decisión? El lector puede especular lo que quiera sobre los motivos de los diez magistrados; pero el resultado de su resolución es: se han tomado las medidas para impedir que, de hecho, se investigue la corrupción en nuestro país, y se manda el mensaje que el dinero con el que pagamos nuestros impuestos y que debería dedicarse a la satisfacción de las necesidades sociales, en hospitales, escuelas, caminos, servicios, etc., puede ser apropiado por cualquiera que llegue al poder y lo puede hacer con toda impunidad.

lunes, 22 de agosto de 2005

¿Acaso es tan difícil cumplir la ley?

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


La noticia del cierre de la Universidad Albert Einstein, ordenado por el Ministerio de Educación, ha asombrado al país. Dicha institución y algunos medios de prensa han querido hacer creer que la sanción es debida solo a la negativa del ministerio a reconocer que tiene patrimonio, a que no tiene edificios propios (lo que no es una obligación legal) o a una conspiración entre dicha oficina pública y otra universidad para atraer a los alumnos de la institución y sus cuotas de pago.


No hay nada de eso. Lo que está en juego es el respeto a la institucionalidad y a la ley salvadoreña, y saber si el espíritu de esta debe respetarse o si prevalecerán el fraude y los subterfugios para violarla.


Todas las leyes que han regido la educación superior en el país han estipulado que debe ser impartida por instituciones sin fines de lucro. Las universidades no pueden enriquecer a alguien, sino que cualquier ingreso que obtengan deben dedicarlo al cumplimiento de sus fines, y todo mecanismo directo o indirecto para redituar a particulares es una violación a la ley.


Bajo la antigua “Ley de universidades privadas” se crearon docenas de instituciones de educación superior sin contar con el patrimonio necesario para operar; a veces, sus fundadores crearon sociedades anónimas como “patrocinadoras” de la entidad. Algunas ayudaron efectivamente a las nuevas instituciones, pero otras se convirtieron en verdaderas dueñas de las universidades y las utilizaron para enriquecer a sus accionistas. De ahí surgieron los problemas de admisiones masivas, baja calidad de la educación universitaria, venta de títulos, etc. Uno de los principales objetivos de la “Ley de educación superior” de 1995 fue terminar con ese estado de cosas.


La sociedad “Profesionales Universitarios Asociados, S. A. de C. V.” (PUASA) fue creada por autoridades de la UAE como patrocinadora de la misma, pero la “ayuda” que le dio consistió en arrendarle todos los bienes con que desempeñaba su labor. Esto la convirtió en la universidad con menor patrimonio, a pesar de ser la tercera más antigua del país, pues sus propiedades consistían casi solo en papelería y bienes fungibles. Como lo dijo una asesora ministerial: “La sociedad nunca ha patrocinado a la universidad; ha sido la universidad la que ha patrocinado a la sociedad”.


El ministerio advirtió tal situación ilegal a la universidad año tras año, señalándole un término para regularizar la situación, pero esto nunca se dio, por lo que en el año 2003 impuso la primera sanción. La reacción de PUASA fue donar a la universidad la biblioteca, otros bienes muebles y un derecho proindiviso sobre un terreno rústico que la universidad no usa, pero se reservó la propiedad de los edificios que utiliza, construidos con los ingresos de la institución, arrendándoselos por la módica suma de 300,000.00 dólares anuales; también se reservó la librería, la imprenta, el centro de copias, la cafetería y el estacionamiento, teniendo la UAE la obligación de recaudar los cobros de este y entregarlos a la sociedad. Los únicos ingresos posibles de la universidad serían las colegiaturas, que se usarían para pagar a la sociedad. Persiste, entonces, la explotación de la institución por una entidad mercantil; aquella no puede crecer con sus ingresos, pero unas pocas personas se convierten en millonarias a su costa.


La resolución del Ministerio de Educación nos parece justa y sus titulares, así como la directora nacional de Educación Superior, merecen ser encomiados por su entereza, valentía y respeto a la ley. Es un alivio saber que todavía quedan funcionarios públicos a los que esto último les importa.