lunes, 27 de febrero de 2006

Recuperemos la moralidad judicial

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Muy oportuna fue la realización del foro celebrado por FUSADES sobre la valoración del Poder Judicial y propuestas para su fortalecimiento, en el cual participaron abogados, que han desempeñado importantes cargos relacionados con la administración de justicia.


El consenso general es que, pese a ciertos avances en la administración de justicia, existen grandes deficiencias.

Se cuestionó por varios de los ponentes el efecto negativo que está produciendo el actual proceso de elección de consejales para el CNJ y de magistrados para la Corte Suprema de Justicia, cuya concepción puede ser buena, pero que está siendo mal utilizado por sus protagonistas.


El CEJ considera que el éxito de este sistema de elección radica en la calidad de los candidatos que las asociaciones de abogados proponen y que la FEDAES inscribe, para que luego el gremio elija los que integrarán la lista, de la que en última instancia elegirá la Asamblea Legislativa.


El candidato idóneo debe de reunir los requisitos constitucionales de edad, nacionalidad, relación eclesial, profesión y en cuanto a atributos personales, se le exige moralidad y competencia notoria.


Estos dos últimos, tan importantes para realmente marcar una diferenciación de los candidatos, no están definidos en la Constitución; sin embargo, líderes del pensamiento jurídico en nuestro país las han definido, consideraciones que les compartimos, con el fin de crear conciencia, especialmente entre los colegas que asistirán a votar el 18 de marzo próximo, y que no desperdicien el privilegio de su voto.


Para llegar a atribuir moralidad a una persona que pretende tal candidatura se requieren: La honestidad: tener una conducta pública y privada irreprochable.

Sin antecedentes que puedan prestarse a que la persona pueda ser extorsionada, chantajeada o sometida a otro tipo de presiones. La probidad: la persona debe de ser incorruptible. No haberse prestado nunca a conductas ilegales o ilegítimas para beneficio propio o de terceros.


La sobriedad: se manifiesta por mantener un estilo de vida modesto, que guarde correspondencia entre el nivel de ingresos propio del ejercicio de su cargo o profesión o con fortunas obtenidas honradamente.


Fidelidad Jurídica: exige una lealtad a los principios fundamentales del derecho y un rechazo a interpretaciones legales o actuaciones que retuerzan el derecho.


En cuanto a la competencia notoria, también se pueden establecer las cualidades que la constituyen, entre ellas: ser considerado experto: acreditar abundantes conocimientos especializados que le otorguen calidad de experto por lo menos en una rama del Derecho.

Idoneidad constitucional: reunir experiencia y conocimientos comprobables en materia de derecho constitucional.


Suficiencia en Derechos Humanos: demostrar experiencia comprobable en esta materia. Compromiso con el Estado Constitucional de Derecho, que demuestre el respeto con los principios republicanos de división de poderes e independencia judicial.


Además el perfil del candidato idóneo requiere que la persona sea conocida por su firmeza, liderazgo profesional, sensibilidad social, ecuanimidad y equilibrio emocional.


Por el contrario, no debería de ser inscrito como candidato el abogado o la abogada reconocido (a) por cualquiera de los antónimos de esas cualidades.


Los candidatos por el Centro de Estudios Jurídicos reúnen las condiciones de moralidad y competencia notoria, por lo que al votar por ellos tendremos la oportunidad de enviar a la Asamblea Legislativa posibles futuros magistrados, que se caractericen por ser JUECES DE, PARA Y POR LA CONSTITUCIÓN, incorruptibles, imparciales y despolitizados.


Votemos por quienes tienen la capacidad de llegar a hacer realmente algo, que permita el cambio a favor de lograr la justicia constitucional, que son conscientes de la necesidad de dignificar la judicatura, de fortalecer la carrera judicial, y de dar continuidad a la reforma judicial por ser también conocedores de las deficiencias de que adolece el sistema de administración de justicia. ¡Den su voto por la recuperación de la moralidad judicial!

lunes, 13 de febrero de 2006

Elecciones en el gremio de abogados

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El tema de la administración de justicia ocupa permanentemente la atención de la ciudadanía, pues de alguna u otra manera se pone en evidencia a cada instante que algo (o mucho) está fallando y que lo que debería ser un sistema debidamente integrado y coordinado, entre policías, fiscales, defensores y jueces, no lo es. Todas las deficiencias de que adolece la administración de justicia favorecen la impunidad y la corrupción y estimulan la delincuencia. En la medida en que no se superen, no lograremos vivir un estado de derecho.


Cuestiones esenciales vinculadas a la administración de justicia, como el imperfecto acceso material y formal a la misma, el incumplimiento de la norma constitucional que establece que la justicia debe ser gratuita, pronta y cumplida, la falta de independencia judicial y de profesionalismo, mística e idoneidad de algunos operadores del sistema, son parte de los indiscutibles indicadores del estado crítico de las cosas.


También se ha puesto de manifiesto la falta del debido control del ejercicio de la profesión de abogado, de la función notarial y de la judicial, atribución que corresponde al máximo tribunal de nuestro país. En gran medida, esta falta de eficacia en el cumplimiento de esa atribución constitucional por parte de la Corte Suprema de Justicia es lo que ha ocasionado la decadencia en que ha caído casi irremediablemente el gremio de abogados, con el agravante que, como consecuencia de los Acuerdos de Paz, es quien elige a los abogados que pueden llegar a ocupar un sitial tan privilegiado.


Hay otra cantidad de aspectos de naturaleza administrativa que también deben ser debidamente atendidos, tales como la adecuada racionalización de los recursos con que cuenta el Órgano Judicial. El apoyo a los jueces con recursos materiales y humanos que les permitan realizar bien su trabajo es indispensable, pero es otra de las muchas fallas de que adolece el sistema judicial.


El próximo 18 de marzo se llevará a cabo en nuestro país un evento electoral tan importante para la vida institucional del país y para la determinación del destino de los salvadoreños en los próximos años como las elecciones para diputados que lo precederán la semana anterior: la elección del gremio de abogados de candidatos a ocupar los cargos de cinco magistrados de la Corte Suprema de Justicia que concluyen su período. De dichas elecciones resultarán electos quince candidatos a los que se sumará un número igual seleccionados por el Consejo Nacional de la Judicatura. La Asamblea Legislativa deberá escoger de entre ellos a quienes, durante los próximos nueve años, tendrán la facultad de juzgar en última instancia y de decidir sobre nuestra vida, libertad, propiedad y demás derechos. A quienes serán los máximos intérpretes de la Constitución y la ley salvadoreña y harán historia con decisiones que nos indicarán si la democracia, el estado de derecho, la voluntad del pueblo reflejada en la ley primaria y los actos de la Asamblea Legislativa son efectivos o no lo son.


No siempre el gremio de abogados salvadoreño ha estado a la altura del inmenso privilegio que se le ha otorgado y no siempre ha elegido guiándose por los principios de ética y probidad que deben regir la selección. Hacemos un llamado a nuestros colegas a votar por los candidatos que reúnan las características de moralidad, capacidad, conocimiento y patriotismo que son necesarias para el desempeño del máximo cargo judicial.


El Centro de Estudios Jurídicos se precia, como lo ha hecho en todas las elecciones anteriores, de promover la candidatura de siete juristas que son una garantía de las cualidades que indicamos. Exhortamos al gremio de abogados a votar por los doctores Ernesto Arrieta Peralta, Rodolfo Borjas Munguía, José Ernesto Criollo, Francisco Rafael Guerrero Aguilar, José Belarmino Jaime, Óscar Humberto Luna y Evelyn Roxana Núñez Franco. Son personas a quienes podemos confiar nuestro destino y el de nuestros allegados. Piensa en ello.

lunes, 30 de enero de 2006

Los políticos y el gremio de abogados

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


En pocos meses se pondrá en práctica uno de los más importantes logros de los Acuerdos de Paz, con las elecciones del gremio de abogados. Con ellas se esperaba que el sector que mejor conoce los méritos de sus integrantes designara a quienes debían ser candidatos a la Corte Suprema de Justicia o escogiera a los miembros del Consejo Nacional de la Judicatura, que designan a otros candidatos; así se limitaría la posibilidad de elección de los diputados y se evitaría la politización total de la Corte, que fue desastrosa en la década anterior.


Tras doce años de experiencia con elecciones gremiales, casi nadie dice que han dado resultado. La laxitud de los requisitos para ser magistrado, la ambición insana de oscuros personajes, la manipulación que estos han hecho de las asociaciones de abogados, que deben proponer los candidatos, y la falta de voluntad de la Corte para aplicar la normativa disciplinaria del gremio y depurarlo, junto a su tolerancia a todo tipo de inmoralidades y delitos, han llevado a corrupción en el sector de los abogados y a que las elecciones conviertan en candidatos a algunos individuos totalmente faltos de ética y de capacidad, y la Asamblea Legislativa se ha mostrado muy dispuesta a llevarlos a la Corte, pues son los que más fácilmente se prestan a transacciones. Como si esto fuera poco, parece que los políticos han decidido desnaturalizar completamente la institución.


Esto comenzó en el año 2004 cuando abogados muy relacionados con el partido en el gobierno crearon una entidad, la Asociación Salvadoreña de Abogados (ASDA), que no tiene verdaderamente fines gremiales sino propósitos electoreros. Por supuesto, esta asociación niega toda vinculación partidaria, pero nadie les cree. Sus dirigentes son funcionarios de gobierno o políticos de esa agrupación; además, la injerencia de varios políticos que no son abogados ha sido más que evidente.


La asociación fue inscrita en el Ministerio de Gobernación en tiempo récord, a pesar de las irregularidades en su escritura de constitución, e inició una campaña para incrementar su membresía con promotores a tiempo completo, especialmente entre los abogados que trabajan para el sector público que, con mucho sigilo y reserva, reconocen haber sido presionados para ingresar a la institución. De esta manera, ASDA es la única asociación de abogados que ha podido crear seccionales en todos los departamentos. ¿Quién paga todo esto? ¿El partido o el gobierno?


Las primeras elecciones en que participaron fueron las del CNJ el año pasado. Además de desarrollar una cara campaña publicitaria, contaron con el apoyo no disimulado del gobierno; los abogados que trabajan en los ministerios de Gobernación y Relaciones Exteriores, la PNC y el CNR afirman, con el justo temor a perder sus cargos, que fueron presionados a asistir a actos de propaganda de los candidatos de ASDA y en algunos casos fueron sutilmente amenazados si no votaban por ellos. El día de las elecciones se presentaron en los centros de votación funcionarios públicos portando distintivos de la asociación, coreando sus consignas y arrastrando tras sí a los abogados de las oficinas que dirigen. También pusieron vigilantes en dos centros de votación, por lo menos, llevando control de los empleados públicos que llegaban a votar. No es de extrañar que sus candidatos ocuparan los primeros lugares de la elección y fueran electos tras un arreglo con los partidos de oposición.


El objetivo es acabar con la poliarquía que garantiza la paz social y ocupar la totalidad de los cargos públicos, pero ha dado ideas a otros partidos que empiezan a formar sus propias agrupaciones de abogados. La partidización de las elecciones gremiales es la muerte de una institución creada por los Acuerdos de Paz y el preludio del fin de nuestra incipiente democracia.

lunes, 23 de enero de 2006

Instrumentos internacionales sobre la corrupción

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El Salvador ha ratificado dos importantes instrumentos internacionales en materia de corrupción: la “Convención Interamericana contra la Corrupción”, aprobada por la OEA en 1996, y la “Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”, adoptada por la ONU en 2003. Ambos tratados son leyes de la República y en sus preámbulos destacan que la corrupción socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, y contra el desarrollo integral de los pueblos; que la democracia representativa, por su naturaleza, exige controlar toda forma de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas, así como los actos de corrupción específicamente vinculados a tal ejercicio. Un enfoque amplio y multidisciplinario es requerido, según ambos, para prevenir y controlar eficazmente la corrupción.


En cuanto a su ámbito de aplicación, el primero es aplicable a todo presunto acto de corrupción que se haya cometido o produzca sus efectos en un estado parte; el otro, se aplicará a la prevención, la investigación y el enjuiciamiento de la corrupción, y al embargo preventivo, la incautación, el decomiso y la restitución del producto de delitos tipificados con arreglo a la misma.

Entre los compromisos que los estados han adquirido están el de adoptar las medidas legislativas o de otro carácter que sean necesarias para tipificar como delitos en su derecho interno los actos de corrupción, tomar medidas para establecer y fomentar prácticas eficaces encaminadas a prevenirla y evaluar periódicamente los instrumentos jurídicos y las medidas administrativas pertinentes, a fin de determinar si son adecuadas para controlarla.


La Convención de la ONU prevé la adopción de un código de conducta para funcionarios públicos, que debe promover la integridad, la honestidad y la responsabilidad de los mismos. Además, los estados deben procurar establecer medidas y sistemas para exigir a los funcionarios que hagan declaraciones a las autoridades competentes en relación, entre otras cosas, con sus actividades externas, empleos, inversiones, activos y regalos o beneficios importantes que puedan dar lugar a un conflicto de interés respecto de sus atribuciones. También, cada estado debe considerar adoptar en su derecho interno medidas disciplinarias o de otra índole contra todo funcionario público que transgreda las normas establecidas de conformidad con la convención.


En este contexto, basta un breve análisis de la realidad de nuestro país para fácilmente colegir que la corrupción es, en El Salvador, un mal crónico, gravísimo y un delito que normalmente queda impune. No se cuenta con un instrumento jurídico interno que regule de manera clara y acorde con lo que prescriben los instrumentos internacionales, todo lo relativo a la corrupción, ya que únicamente existe la “Ley sobre el enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos” de 1959; y se cuenta con un Código Penal que no describe todo el catálogo de tipos penales o formas de corrupción, procedimientos, forma de penalizar y sobre jurisdicción, que en materia de corrupción señala la Convención de las Naciones Unidas. Aunque existe una Sección de Probidad en la Corte Suprema de Justicia, recientes ejemplos demuestran su ineficacia.


Ante esto debemos preguntarnos: si hay compromisos internacionales para prevenir, investigar y sancionar todo acto de corrupción, ¿por qué no se cumplen? ¿Existe voluntad política para combatirla? La respuesta a esta última pregunta, según todos los indicios, es negativa y esto puede traer consecuencias desagradables para el Gobierno. Un tratado internacional no debe ser ratificado solo como un mero gesto de imagen; así como hay mecanismos internacionales para hacer valer los tratados sobre Derechos Humanos que hemos firmado, así los hay para las convenciones sobre la corrupción. O actuamos de buena fe o aceptemos las consecuencias.