lunes, 26 de diciembre de 2005

La Navidad no se atrasa, la Justicia sí

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Ha pasado la Navidad, época conmemorativa del nacimiento del creador, y muy propicia para reflexionar sobre las virtudes y los valores que Aquel nacido en un pesebre nos legó. Una de ellas, la justicia — virtud por excelencia— cuando falta, o no es oportuna, hace pasar estas épocas navideñas a muchos, cautivos de la incertidumbre. En nuestros juzgados es posible observar cantidades de canastas navideñas, que indudablemente son enviadas, más que para celebrar la natividad, para lograr alguna agilidad en los trámites.


Nuestra realidad nos dice algo: el decreto legislativo creó la caducidad de la instancia, vigente desde el 22 de junio de 2001, y pretendía poner fin al estado de abandono de los procesos, debido a la falta de impulso por las partes, extinguiéndolos por ministerio de ley, abatiendo en tal forma la mora judicial resultante, y su consecuente incertidumbre.


Muchos demandantes en juicios ejecutivos obtienen un inmediato embargo y se desinteresan de la prosecución del juicio, para que la aplicación de intereses de carácter moratorio vuelva impagable la deuda reclamada logrando la adjudicación en pago de las garantías, especialmente inmuebles valiosos. Como la expresada caducidad de la instancia neutraliza esta práctica, aquella comenzó a ser rechazada y bloqueada, particularmente en los juzgados de lo Mercantil, permanentemente atareados en atender demandas de altas sumas de dinero reclamadas por el sistema financiero.


Hace dos años algunas entidades del Órgano Judicial anunciaron que millares de procesos habían sido archivados por efecto de la expresada caducidad, los que podían ser replanteados si aún no mediaba la prescripción extintiva de las acciones formuladas.


Actualmente, por la oposición de sectores interesados, muchos tribunales de lo Civil y de lo Mercantil han adoptado una actitud vacilante para declarar tal caducidad de oficio, propiciándose nuevamente la acumulación de procesos y agigantándose, como consecuencia, el atraso judicial.


Según el anteproyecto de Código Procesal Civil y Mercantil, la caducidad ya no se producirá ope legis, sino ope iudicis, esto es, a petición de parte; indudablemente, el criterio que ha prevalecido es el mismo que hizo posible la reciente reforma a la Ley de Bancos y al Código de Comercio.


Nuestro reconocimiento a la Cámara Tercera de lo Civil de esta ciudad por aplicar dicho instituto de manera firme, aún ex oficio, como ordena la ley, hasta en aquellos casos en que en primera instancia el juzgador se negó a decretarla; hacemos votos para que las demás cámaras sigan el ejemplo.


Como las ansias de justicia constituyen una necesidad de la más alta prioridad, constantemente insatisfecha, cada vez va tomando más vigor la idea de que se instituya la tasa de justicia, la cual, con el apoyo ciudadano, pueden hacer posible el comienzo, en la realidad, del ideal de pronta y cumplida justicia; no es ninguna novedad, puesto que disfrazada con el ropaje de impuesto de papel sellado y timbres, estuvo vigente por mucho tiempo, desde 1915 hasta 1992, aunque entonces el énfasis recaía en el aspecto fiscal y no en la correlativa prestación del servicio de justicia.


Vale la pena reflexionar, si con todo y la aspiración constitucional de una justicia gratuita, los otros medios de solución alternativa de conflictos, como es el caso de la mediación, la conciliación y el arbitraje, responden a una institucionalidad más acabada que la de las canastas navideñas.

lunes, 19 de diciembre de 2005

Vuelven los secuestros. ¿Y los jueces?

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos

El miércoles pasado, el pueblo salvadoreño se escandalizó con la noticia de que un juez había liberado a varios imputados de un delito de secuestro, ignorando pruebas como el hecho de que el dinero pagado como rescate se encontraba en su poder. Los secuestradores no filman sus actos, no levantan y firman actas de sus decisiones, no realizan sus acciones ante testigos, por lo que en muchísimos casos es la prueba indiciaria la determinante para su condena. Encontrar el dinero del secuestro en manos de una persona es más que un indicio y cualquiera con un mínimo de lógica e inteligencia normal considerará que es motivo más que suficiente para presumir la participación de aquella en el delito. Pero hay un juez salvadoreño que, según parece, no es capaz de hacer una deducción tan elemental.


A esto se sumaron detalles que fueron apareciendo, como la extraña declinación de la jueza propietaria del tribunal para conocer del caso; el discutible currículo del juez que pronunció la decisión, habitual defensor de secuestradores, que la hace más sospechosa; la memoria de un hecho sucedido unos días antes, cuando otro juez puso en libertad a unos sujetos que cavaban un túnel que no podía tener más objetivo que el robo de un banco.


No es extraño que importantes funcionarios públicos y destacadas figuras del gremio de abogados se pronunciaran sin tardanza e inequívocamente contra esa resolución. Solo una juez, cuya calidad moral podemos deducir del hecho de que preside una asociación de abogados, lo que es contrario a la ética judicial en todas partes del mundo, salió en defensa del juez cuestionado.


ANEP no tardó en publicar un campo pagado manifestando su indignación ante la decisión, pidió la revisión de esta en un sentido lógico y la investigación de la actuación del juez. En conferencia de prensa, la gremial empresarial fue un paso más allá y exigió la depuración del Órgano Judicial.


¡Alguien pide la depuración judicial en este país! ¡Por enésima vez!


Bien, la depuración judicial no se llevará a cabo, a menos que ANEP y las demás asociaciones que agrupa, unidas a otras instituciones en la que quede un mínimo de decencia y que comprendan por fin el daño que les provoca la situación de la judicatura salvadoreña, den un paso más adelante y realicen una verdadera campaña para lograrlo, que prolonguen su actuación hasta ver cumplidos sus objetivos y exijan rendir cuentas a las autoridades que no han cumplido con su deber de realizar la depuración judicial desde hace mucho.


De lo contrario, sabemos lo que pasará. No es la primera vez que una actuación judicial indigna a los salvadoreños y el Órgano Ejecutivo y la empresa privada piden la depuración de la judicatura. Recordemos el caso de la liberación de otros secuestradores por un juez que ni siquiera consideró la prueba vertida en el proceso; el de la liberación de un transportista de drogas porque un juez dio crédito a sus dichos de que ignoraba qué era lo que llevaba y que motivó hasta la intervención de la Embajada americana; el caso del famoso avión pirata en Intipucá, etc. Cuando sucedieron se pidió también la depuración judicial y, ¿qué sucedió? Nada. Incluso tras haberse demostrado fuera de toda duda que varios jueces tenían título falso, vemos que están ahora regresando a sus antiguos cargos y con la aquiescencia del Ministerio de Educación, nada menos, demostrando que la depuración judicial no se desea en altas esferas. Todos los antecedentes nos hacen aplicar las reglas de la lógica y deducir lo que sucederá con la última petición de depuración judicial: NADA.


Las peticiones de depuración que hacen ANEP y otras organizaciones son declaraciones vacías si los que las hacen no las sostienen y exigen y toman acción. No nos extrañará si dentro de unos pocos meses los vemos nuevamente pedir la depuración judicial ante otro escandaloso caso y, nuevamente, nada volverá a pasar.