lunes, 13 de noviembre de 2006

Proyecto de reformas al Código de Comercio

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Con beneplácito se ha recibido el proyecto de reformas a los Libros I y II del Código de Comercio que ha remitido la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República, con el apoyo de distinguidos abogados del Centro Nacional de Registros, cuyo propósito es adecuar la legislación societaria y empresarial a las necesidades actuales de facilitar y agilizar las diferentes formas de organización para canalizar las inversiones.


Ciertamente la vigencia del actual Código de Comercio data del año 1971, y sin duda alguna, desde aquella época a la presente, la actividad mercantil presenta facetas que en aquel tiempo no podían siquiera imaginarse. Figuras de colaboración empresarial, que han venido a facilitar la radicación de inversiones extranjeras, han determinado nuevos esquemas de hacer negocios, así como formas más sutiles de elaborar y perfeccionar relaciones contractuales.


En tal sentido la inversión extranjera, y por supuesto la inversión local, requiere de marcos legales claros, flexibles y facilitadores, que al tiempo que permitan viabilizar adecuadamente la inversión en términos económicos, la rodeen de la suficiente seguridad jurídica.


Las nuevas formas de hacer negocios que ha traído la apertura de los mercados y la globalización deja en atraso la actual legislación mercantil; más aún cuando el país se encuentra en el proceso de suscripción de tratados de libre comercio con otros países cuyas legislaciones han sido actualizadas o, al menos, han sido reformadas para armonizar la tendencia doctrinaria de los nuevos esquemas internacionales con la ley local, evitando encontradas interpretaciones de autoridades protagonistas, propias de la existencia de leyes ambiguas y confusas.


Creemos que se está iniciando un proceso de revisión integral del marco jurídico mercantil, cuyo propósito nosotros apoyamos; sin embargo, es del caso afirmar que las reformas que se propongan deben ir más allá de la modificación de cuestiones formales, que solo propiciarían una actualización coyuntural, que al poco tiempo nos tendría inmerso en el mismo problema de la actualidad. Pensamos que la oportunidad que se ha abierto debe ser aprovechada por todos los sectores, especialmente por los abogados, en forma tal que permita que la revisión sea integral y completa; integral en el sentido de revisar no solo las tendencias doctrinarias de la legislación, sino haciéndolo en la forma que más se adecue a nuestra propia realidad, desde luego que lo peor que podría ocurrir es que se promulguen leyes mercantiles cuyo positivismo solo alcance para decir que estamos a la altura del primer mundo y nada más, como ha ocurrido con las leyes penales, que parecieran haber sido dadas para países con sumo desarrollo, pero con nula efectividad para prevenir y sancionar la delincuencia galopante de los últimos tiempos. Y completa, porque es nuestra opinión que el propósito que se busca con la reforma hasta ahora proyectada no es suficiente para enfrentar los desafíos de las nuevas formas de inversión y contratación. Sin duda la regulación sobre los títulos cambiarios, la organización y funcionamiento de la empresa y la configuración de sus elementos, las reglas generales de las obligaciones mercantiles, la prescripción y caducidad, así como la ausencia de regulación sobre contratos de colaboración empresarial, están ya obsoletas de cara a una realidad que no se puede evitar.


Esta institución piensa que la mejor forma de llevar adelante tal revisión es mediante la discusión abierta con todos los sectores, incluyendo de manera especial a las gremiales de abogados, organizando talleres y coloquios que permitan a la entidad responsable de llevar adelante la propuesta al Órgano Legislativo contar con las contribuciones pertinentes, provenientes de todos los que de alguna participan en la ejecución de la actividad empresarial.


Debemos terminar diciendo que, por supuesto, cualquier reforma deberá ir acompañada de la preparación institucional indispensable, que haga realidad la consolidación del estado de derecho, sin el cual ninguna legislación por moderna y buena que sea tiene su esperada efectividad.

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