lunes, 19 de noviembre de 2007

ENADE y las concesiones

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El Encuentro Anual de la Empresa Privada (ENADE), realizado por ANEP en noviembre de cada año, se ha convertido en uno de los más importantes acontecimientos para pulsar la opinión pública de nuestro país y mostrar al Gobierno las iniciativas y aspiraciones del sector que mantiene nuestra economía en funcionamiento. Su octava edición, llevada a cabo el martes pasado da, como siempre, lugar a numerosas consideraciones jurídicas; por ejemplo, el Órgano Judicial resultó nuevamente la institución peor evaluada en su desempeño por los empresarios del país. Sin embargo, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, en un discurso que siguió a esta exposición, relató supuestas maravillas realizadas en la administración de justicia, provocando reacciones de incredulidad. Pero es otro tema el que queremos tratar aquí.


Un sector entero del documento de propuestas de ENADE está dedicado al fomento de un sistema de concesiones y su principal punto es la emisión de una nueva ley de concesiones.


Hace un mes publicamos en esta columna un artículo denominado “La ley no es el problema”, en el que nos referimos a recientes propuestas relativas a cambiar la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) porque, según se dice, esta no es suficiente para garantizar el honesto manejo de los fondos del erario y nosotros alegamos que tal reforma no era necesaria.

Lo que se requiere es cumplir la ley a cabalidad, cumplir las numerosas leyes que regulan la probidad pública, y para esto necesitamos una nueva ley que garantice la transparencia de la función pública dando acceso a la información en manos del Estado. Nos referimos expresamente al régimen de concesiones de contenido en la LACAP, indicando que no es necesario su cambio, sino garantizar que su aplicación se realice con total honestidad.


Es obvio que no fuimos escuchados. Nadie ha podido decirnos qué tiene de malo la regulación de las concesiones en la ley actual, sino que parece ser que, siguiendo un mal hábito salvadoreño, al impulsarse una iniciativa se quiere una nueva ley sobre la materia, en vez de aplicar la existente.


Resulta sorprendente la poca atención que el auditorio prestó al excelente discurso del antiguo secretario general de la Presidencia de Chile, Eduardo Dockendorff. Lo que quedó en la mente de muchos fue la descripción de los innegables e impresionantes logros realizados en el país sureño con el impulso de un sistema de concesiones. Muy pocos prestaron atención cuando explicó cuál fue la precondición de ese éxito y del apoyo que le han dado todos los sectores sociales del país: el proceso se realizó en un marco de transparencia total.


Está sobradamente comprobado que el régimen de concesiones de obras públicas es el más efectivo y económicamente eficiente para impulsar la modernización de la infraestructura de un país, fomentar el crecimiento económico que esto conlleva y satisfacer eficientemente las necesidades públicas a llenar con dichas obras. También está sobradamente comprobado que, si no es realizado con la debida transparencia y probidad, no hay nada mejor que el régimen de concesiones para expoliar la riqueza de una nación, para perjudicar a los ciudadanos indefensos ante los poderosos y para enriquecer a costa de los mismos a quienes pueden, y tienen la falta de honradez para ello, pagar o recibir sobornos, hacer uso de tráfico de influencias y carecen del patriotismo necesario para pensar en los intereses públicos y de las cualidades humanitarias para considerar la situación de los menos afortunados.


¿Reproduciremos en El Salvador el éxito chileno o crearemos una nueva instancia de corrupción, quizás mayor de las que hemos visto hasta ahora? La respuesta está en manos del Gobierno y de ANEP.

lunes, 12 de noviembre de 2007

Los estragos de la indecisión

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Nuestro país está sufriendo en estos momentos los estragos de la indecisión. Todo el mundo advirtió al presidente de la República que para la ratificación del convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como exigía la Unión Europea, el cual hacía posible la libre sindicación de los empleados públicos, era necesaria la reforma previa del inciso primero del artículo 47 de la Constitución.


Pero en aquel momento algún sesudo asesor político sopló al oído del primer mandatario que no era necesaria la reforma, y el asunto quedó varios días en suspenso.


No era conveniente granjearse la animadversión de los empleados públicos, pensaron, y menos en un ambiente político tan caldeado.


Además, existía una razón concreta: continuar con los beneficios arancelarios derivados del Sistema General de Preferencias (SGP Plus) de productos como el atún, el café y el algodón, entre otros.


El presidente, sin saber qué hacer y dando bandazos, como le ha pasado a muchos de nuestros gobernantes, se vio atrapado en el juego de las presiones encontradas.


En aquel trance, alguien, seguramente un “experto” jurídico, halló la fórmula salvadora: ratificar el convenio y presentar al mismo tiempo un proyecto de reforma a la Constitución a la Asamblea Legislativa, en espera de que un segundo cónclave confirme la reforma. Así, se solventaba el problema inmediato accediendo a las presiones de la Unión Europea, y a las exigencias de la empresa Calvo, S. A., y se iniciaba el trámite de reforma.


Los diputados del partido de gobierno y otros, sumisos e incondicionales, no tuvieron reparo en votar por la ratificación, a sabiendas del vicio de inconstitucionalidad, según ahora lo confiesan campantemente. Mientras tanto, ratificado el convenio, los empleados públicos iniciaron en el Ministerio de Trabajo los trámites para obtener las correspondientes autorizaciones para sus sindicatos, y el ministerio se vio forzado a darles curso a esas solicitudes.


La sorpresa ha sido la sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, producida con inusual rapidez, mediante la cual se declara inconstitucional la parte del convenio que permite la discutida sindicación.


De modo que estamos como al principio o en peores condiciones aún, porque los empleados públicos se consideran defraudados en sus pretensiones de sindicación, el Órgano Ejecutivo se encuentra en una situación que puede traer consecuencias internacionales, etcétera, y todo ello en tiempos de más incertidumbre política.


Frente a un asunto tan serio, la ciudadanía cuestiona, con razón, el papel jugado en todo esto por el Órgano Ejecutivo, y se pregunta: ¿De veras fue tan sorpresiva para él la sentencia de la Corte? Si lo fue, como piensan unos, la Corte ha vuelto por los fueros de la Constitución y el presidente ha quedado en una situación difícil, en la cual, como dijimos, debe retirar la ratificación ya otorgada, por razones de fuerza mayor, mediante un trámite diplomático engorroso. Si no lo fue, como piensan otros, estamos en presencia de una colusión de alto nivel, penosa acción que permitió al presidente salir del apuro en que se encontraba, comprar tiempo, y dejar para su sucesor la solución de un problema tan escabroso.


La moraleja que podemos extraer de todo esto es que el tiempo y el derecho se vengan de las cosas que se hacen sin su concurso. Y que ante las claras disposiciones de la Constitución no caben falsas interpretaciones, ni torceduras ni mixtificaciones, y menos en un asunto tan delicado como el que nos ocupa, en el cual han quedado en entredicho tanto la credibilidad del gobierno como su apego a las disposiciones constitucionales, en desmedro del Estado de derecho que tanto se pregona.

lunes, 5 de noviembre de 2007

No me den; pónganme donde haya

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


En 1994 se emitió la Ley del Régimen de Previsión y Seguridad Social del Abogado, que creó una institución oficial autónoma, la Caja Mutual del Abogado de El Salvador (CAMUDASAL), culminando una larga lucha gremial por un sistema de seguridad social para los profesionales del Derecho del país. Aunque es anterior a la reforma integral del sistema previsional, continúa funcionando como un esquema complementario que produce muchos beneficios a sus afiliados y otorga prestaciones que han ido aumentando con los años.


CAMUDASAL fue el resultado de una lucha idealista, por lo que ha sido dirigida por profesionales honorables con un elevado espíritu de servicio, que la han convertido en una institución eficiente y la han dotado de una administración sólida y honesta. Sin embargo, dado que la mayoría de sus directores son elegidos por las asociaciones de abogados del país, muchas de las cuales han dejado el trabajo a favor de la superación gremial y se han convertido en grupos minúsculos que pretenden solo usarlas como plataformas para acceder a cargos públicos y participar así en la repartición del pastel del Estado, se han dado situaciones preocupantes que han provocado reservas en algunos abogados.


El consejo directivo actual, en su mayor parte, es un reflejo de la situación de las asociaciones gremiales y nada lo indica mejor que el proyecto de reformas a la ley que han enviado a la Asamblea Legislativa. Ahora bien, CAMUDASAL no tiene iniciativa de ley, según la Constitución y, como institución autónoma que es, enlaza con el gobierno central a través del Ministerio de Hacienda. Si quería reformar la ley, tenía que remitir a este el proyecto correspondiente y solicitar que el titular de la cartera lo aprobara y le diera iniciativa. En cambio, lo remitió a la Asamblea con una nota, que ni siquiera suscribe el director nombrado por el ministerio, con la esperanza de que algún diputado le diera iniciativa, y, en efecto, así se hizo. ¡Cómo deben estarse burlando de nuestros parlamentarios!


Lo importante, sin embargo, no es la falta de respeto a las jerarquías administrativas y al ministro, sino el contenido del proyecto. Algunas propuestas de reforma solo pretenden corregir problemas de la institución o facilitar sus procedimientos, pero otras hacen que venga a la mente la frase que constituye el título de este artículo.


Con una de las reformas, los directores pretenden aumentar las dietas que perciben por asistencia a las sesiones del consejo, pero no se trata de un simple ajuste debido a la inflación, sino que pretenden casi quintuplicarlas; de 2,000 colones (228.57 dólares) hasta 1,100 dólares. Además, pretenden aumentar el período de sus cargos de dos a cinco años, aduciendo que esto es necesario “para obtener buenos resultados en el plan trazado”, aunque no está claro a qué plan se refieren, y que tal es el período de los directores de otras instituciones. Para asegurarse de gozar las jugosas dietas por el mayor tiempo posible, solicitan que la reforma se haga retroactiva y se aplique a los miembros del consejo directivo actual, que iniciaron sus funciones en marzo pasado.


La mayoría de los directores nombrados por las asociaciones para integrar el consejo directivo de CAMUDASAL tienen escasa o ninguna experiencia en cuestiones financieras; están en el cargo por su influencia en las asociaciones que los nombran. Tampoco el tiempo que dedicarán a la institución justificará el aumento que pretenden. La propuesta obedece nada más al deseo de explotar a la institución en provecho propio.


Teniendo en cuenta que han sido elegidos para velar por el correcto manejo y la protección de los fondos de la institución y que estos provienen de los aportes hechos por sus colegas, la situación es especialmente repulsiva. Las reformas deben ser rechazadas y es hora de que los afiliados y el Gobierno estén muy vigilantes sobre CAMUDASAL.