lunes, 23 de febrero de 2004

Corrupción a la salvadoreña

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Un juzgado de sentencia ha confirmado un secreto a voces que ha circulado durante casi quince años: la condena de un funcionario público por actos de corrupción. Que nosotros sepamos, se trata de la primera condena por hechos semejantes que se da en el país desde 1886. ¡Y el reo se ha escapado!


Aún prevalece en Latinoamérica la viveza criolla, que es la participación en política con la finalidad de apropiación indebida para beneficio propio. Aquí se ha dicho que se debe de actuar con rapidez para componerse, o sea, enriquecerse ilícitamente en el menor tiempo, desde el primer día de trabajo; en ciertos entornos familiares y los nuevos amigos, aconsejan no ser “tonto” sino ser “animala”, no perder la oportunidad. Aún se considerará tonto al honesto, al individuo que no se aprovecha de un puesto público para enriquecerse, al que no tiene intención de robar. Algunos consideran que estar en un cargo público y no robar es algo inconcebible; lo mejor es aprovecharse, eso es ser “vivo”.


El delito no es cometer el crimen, la defraudación, sino dejarse atrapar. En este país, los peces gordos no son condenados, salen libres aún condenados. Es increíble, pero aún persiste cierto culto perverso a estas prácticas. El triunfo de la corrupción, sin embargo, es coyuntural, ya que se ha iniciado una fuerte tendencia a ver esto como malo e inconveniente, aunque hay personas mayores, con nostalgia por el pasado autoritario y corrupto.


Sobre este asunto, habría que preguntarse si seguirán las distintas capas sociales y económicas de nuestra sociedad tolerando la corrupción, consintiéndola, admirando la obtención rápida de dinero mal habido. Esto sólo ha sido posible por falta de moral, de vergüenza, por un concepto mal entendido de la política, como medio para robar. La falta de confianza en los partidos políticos explicaría que comienza el rechazo a la corrupción.


Esperamos que el próximo legítimo gobierno, el que debe surgir por voluntad soberana y producto de una masiva decisión del voto, no permita la llegada de la corrupción, para lo que debe ejercer control y filtro previo de sus integrantes, rechazar potenciales o antiguos corruptos, y exija el estricto cumplimiento de la legislación nacional en materia de corrupción y enriquecimiento ilícito a todos sus miembros.


La edición electrónica del periódico argentino “La Nación”, del 11 de enero pasado, en un artículo sobre la corrupción, decía: “Como no se puede imponer la justicia perfecta y castigar a todos los culpables, por algo se debe empezar. Ojalá que este delito tenga su merecida sanción, lo cual es todavía un interrogante. De poco servirá esta sanción, sin embargo, si luego se vuelve a las andadas. Lo dijo en forma brillante el jurista italiano Cesare Bonessana, marqués de Beccaria, en su obra ‘Dei deliti e delle pene’: No importa la intensidad de una sanción, lo que importa es que siempre, siempre, todo delito tenga sanción. De esa forma se lo previene y desalienta. Pero en la Argentina ocurre lo del burro: caen algunos en desgracia, se los descuartiza, luego las paladas de tierra se sacuden con virtuosismo y la impunidad vuelve a la superficie con sus mejores galas”. ¿Similitud con nuestro país?


En El Salvador se ha comenzado el rechazo a las prácticas de corrupción. Es más, en el país ésta tiene varios rostros humanos que están fijados en la memoria colectiva, aún en la sección de impunidad.


El caso que comentamos al inicio de este artículo debe convertirse en una prueba de la voluntad del gobierno de combatir la corrupción. No sólo el funcionario prófugo debe ser atrapado y obligado a cumplir con la ley. Debe investigarse el caso a mayor profundidad, procesar a sus cómplices y, lo más importante, deducir responsabilidades a los responsables de su fácil y casi banal fuga. Si una de estas acciones falta, lo menos que deberemos deducir es la complicidad del gobierno en la corrupción.

lunes, 16 de febrero de 2004

La alcaldía municipal y los perros

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El 4 de febrero pasado, los periódicos informaron sobre la intención de la Alcaldía Municipal de San Salvador de emitir una ordenanza regulando la tenencia de perros en la ciudad y anunciando la posible prohibición de ciertas razas consideradas peligrosas. Esto último nos llama la atención por su buena intención. Algunas razas caninas no se destacan por su afecto hacia los humanos, sino que han sido desarrolladas para resaltar su agresividad y en muchos países su tenencia está regulada o prohibida. Días después, la prensa dio la noticia de que un doberman destrozó el rostro de una niña pequeña y esto es algo repetido con frecuencia. Ante la inacción e indiferencia del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, que tiene facultades legales para combatir animales dañinos (arts. 56 y 79 del Código de Salud), es bueno ver que alguien esté tratando de hacer algo. Sin embargo, como juristas indicamos que la pretendida regulación no le compete y que constituiría una usurpación de facultades del Órgano Legislativo.


El art. 4 n.º 22 del Código Municipal establece que corresponde a las municipalidades: “La autorización y regulación de tenencia de animales domésticos y salvajes”. Con respecto a éstos últimos, una ley posterior les ha quitado toda potestad; con respecto a los primeros, hay que aclarar el alcance de la disposición.


En primer lugar, tal facultad no significa, en manera alguna, que la Asamblea Legislativa ha delegado a las municipalidades sus facultades de legislar o que haya renunciado a ellas a favor de los gobiernos locales. De conformidad a la Constitución continúa teniendo el monopolio legislativo y la potestad exclusiva de regular la conducta de los particulares. Sólo ella puede determinar qué pueden hacer o no hacer los particulares, como prohibir la tenencia de ciertos animales, exigirles un seguro para responder por daños que puedan causar, determinar las condiciones en que pueden ser tenidos, etc., todo lo cual pretende regular la municipalidad por medio de ordenanza. La municipalidad puede, desde luego, aplicar otras leyes; así, puede ordenar retirar un criadero de ganado o de aves de corral del radio urbano, porque tanto la Ley de Policía como el Código de Salud lo prohíben; igualmente, podría prohibir ciertas razas de perros en el municipio si una ley las prohibiera o le facultara prohibirlas. Por otra parte, puede regular el uso y ornato de la propiedad municipal como aceras, plazas y parques; establecer normas que impidan el ingreso de perros en ellas, ordenar que circulen siempre siendo llevados con correa, que el dueño se responsabilice de la suciedad que provoque, etc. Como un resabio de la derogada Ley del Ramo Municipal, algunas leyes impositivas municipales establecen derechos de licencias por tenencia de perros, pero estas normas no pueden aplicarse, por falta de desarrollo reglamentario e infraestructura, como perreras municipales.


La municipalidad no puede imponer a los particulares una conducta que no está en la ley, como no sea en cuestiones que la Constitución les señala expresamente o que correspondan a la administración de la propiedad municipal. La ordenanza proyectada, pese a sus buenas intenciones, se encuadra en la tendencia cada vez notoria entre las municipalidades del país de usurpar las funciones del Órgano Legislativo. La facultad de emitir ordenanzas no significa que han sido creadas 263 Asambleas Legislativas que pueden regular cualquier conducta; el espacio de regulación de las municipalidades y el alcance de sus ordenanzas es muy limitado. Lo peor del caso es que ni uno solo de nuestros diputados, que viven quejándose constantemente y sin fundamento de las intromisiones de otros órganos del Estado, mientras que ellos viven ingiriendo indebidamente en las labores de otros, ha protestado ni una sola vez por semejante violación a sus privilegios.

lunes, 9 de febrero de 2004

El problema jurídico del PARLACEN

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


En 1991, cuando la Asamblea Legislativa se disponía a reformar el art. 80 de la Constitución, para incluir entre los funcionarios de elección popular a los diputados al Parlamento Centroamericano, el Centro de Estudios Jurídicos se pronunció en el sentido de que la reforma no debería hacerse, por razones jurídicas. Señalamos que son las leyes secundarias las que deben adaptarse a la Constitución y no a la inversa; que nada impedía que tales diputados fueran electos por mandato de ley secundaria; que no debía alterarse el texto constitucional para incluir en él a una institución que comenzaba su existencia de una manera precaria; que el organismo podía cambiar de nombre y naturaleza en un futuro, lo que crearía una incongruencia en el texto constitucional que obligaría a otra reforma. Naturalmente, no fuimos escuchados; prevaleció la arrogancia de unos pocos políticos al conocimiento de los expertos en derecho constitucional y la reforma se llevó a cabo. Además, el año pasado, la Asamblea Legislativa reformó el art. 133 de la Constitución para dar al PARLACEN y a los diputados salvadoreños en el mismo, iniciativa de ley en materias de integración centroamericana. Ahora parece ser que el PARLACEN va a desaparecer. ¿Cómo queda nuestra Constitución?


De la simple lectura del tratado que dio origen al PARLACEN podíamos predecir que iba a fracasar, si no se reformaba en breve plazo, o que iba a convertirse en un elefante blanco sin propósito alguno. Entonces, igual que ahora, nadie sabía cuál era su utilidad. Se trata de un organismo sin funciones ni atribuciones sustantivas, que sólo sirve como centro de contacto entre políticos de la región, sin agenda ni propósito alguno. Los costarricenses tuvieron razón al no participar en él.


En la mente de muchos salvadoreños el PARLACEN se convirtió en sinónimo de corrupción. Muchos lo miran sólo como un despilfarro de fondos públicos, como una fuente de ingresos para políticos favorecidos por sus partidos para los que no hay cargo en el gobierno de turno, como un cementerio de políticos cuya época ha pasado. En los últimos años, dado algunos casos notorios, se ha visto como fuente de inmunidad de delincuentes. Aunque esta opinión fuera excesiva, es cierto que es la de muchos.


Ahora, ante el inminente resquebrajamiento de la institución, la fracción salvadoreña en el PARLACEN intenta dar vida a un organismo que nunca la tuvo, y defender sus salarios, con una propuesta de reforma que pretende convertirlo en una proyección de la Asamblea Legislativa salvadoreña, tan desprestigiada según las encuestas de opinión. El resultado sería politizar el proceso de integración centroamericana, desplazando a los técnicos que deben conducirlo, y hacerlo fracasar.


Si el proceso de integración centroamericana es serio, algún día tendrá que haber un parlamento regional que funcione: con atribuciones reales y decisiones vinculatorias. Para que exista es necesario que los países centroamericanos definan claramente sus metas y propósitos integracionistas finales, lo que no han hecho hasta ahora, sino que van creando metas en el camino. También es necesario que los países demuestren su efectiva voluntad de comprometerse con el proceso y que se consoliden los organismos administrativos que lo hacen funcionar efectivamente. Tomemos como ejemplo a la Unión Europea, en donde el organismo parlamentario surgió en una etapa mucho más avanzada del proceso integrador. Mientras tanto, reconozcamos la realidad: el PARLACEN fue una idea inoportuna, que produjo un organismo sin ninguna utilidad. Dejémoslo morir con dignidad y resucitémoslo cuando sea factible.

lunes, 2 de febrero de 2004

¿Quiere usted estudiar Derecho?

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


¿Quiere estudiar Derecho? Una elección valiente, dada la competencia que le espera (el número de abogados se ha cuadruplicado en los últimos quince años y es la carrera más demandada, con más de 20 mil estudiantes en 19 universidades) y la declinación social y económica de la profesión, debido a la falta de control sobre la misma, aunque esto no debe detenerlo si tiene una verdadera vocación jurídica.


Sin embargo, tome en cuenta que sus posibilidades de éxito profesional dependerán, en gran parte, de la formación que usted reciba y por primera vez tenemos un instrumento que puede servir para medir la calidad de las instituciones que imparten la carrera: el examen de Notariado.


El examen ha sido criticado, pues un test de selección de opciones, algunas de las cuáles pueden ser contestadas por azar, no puede dar una verdadera idea de la capacidad de un abogado para ejercer el Notariado, pero vista su amplia temática, resulta un buen instrumento para calificar la formación jurídica que imparten las distintas universidades y compararlas.


Lamentablemente, tres escuelas de Derecho del país, las de ESEN, Universidad Evangélica y Universidad Monseñor Óscar Arnulfo Romero, no se encontraban representadas en la prueba. Por otra parte, sus resultados reivindican el cierre de varias escuelas por el Ministerio de Educación; los graduados de ULAES, USAL, Universidad Dr. Manuel Luis Escamilla, Universidad Militar, Universidad Andrés Bello, UNAN y Universidad Simón Bolivar tuvieron porcentajes de aprobación ínfimos, y en el caso de las tres últimas, el número de aprobados fue cero (participaron también graduados de la UNASA, que cerró su Facultad de Derecho voluntariamente, aunque sus resultados fueron mejores que los de la mayoría de universidades).


Los resultados del examen nos demuestran que los graduados de la Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer y la Universidad Dr. José Matías Delgado son los que obtienen mejores resultados, con 46.4% y 42.5% de aprobados, respectivamente. Las posibilidades de éxito profesional de los estudiantes de estas escuelas son casi de 1 a 2.


En un nivel un poco inferior están la UCA (33.6% de aprobados), UNICO (33.3%) y Universidad Francisco Gavidia (31%). Sus probabilidades son de 1 a 3.


Con un 25% de aprobados, los graduados de la UNIVO tendrían una probabilidad de éxito de 1 a 4.


Estas probabilidades se reducen de 1 a 5, para los graduados de UNSSA (20.8%), Universidad de El Salvador (19.1%), Universidad Tecnológica (18.6%), Universidad Politécnica (17.6%) y Universidad Isaac Newton (16.7%).


Las probabilidades se acercan más a la relación 1 a 10 para los graduados de la Universidad de Sonsonate (15.4%), Universidad Panamericana (15%), Universidad Gerardo Barrios (13.7%) y Universidad Modular Abierta (10.3%).


Finalmente, el peor resultado fue el de los graduados de la Universidad Cristiana de las Asambleas de Dios, cuya proporción de aprobados fue cero.


También, es indicativo de calidad el promedio global de notas obtenido por los examinados. Los promedios más altos fueron los de los graduados de la Universidad Dr. José Matías Delgado (5.39) y los de la UCA (5.28). Los peores resultados fueron los obtenidos por los de la Universidad Gerardo Barrios (4.02), la Universidad Panamericana (4.05) y la Universidad de Sonsonate (4.08). Lamentablemente, éstos son los resultados obtenidos en una prueba con una nota de aprobación sumamente baja (6.0) y solo el 19.7% de los examinados la aprobaron. No sólo nos hacen preguntarnos por el futuro del Notariado en este país, sino que ponen en evidencia algo por lo que todas las personas responsables han clamado: la baja calidad de la educación universitaria y la indiferencia de las autoridades ante la misma. Mientras tanto, haga la mejor elección que pueda.