lunes, 19 de julio de 2004

Protección al consumidor

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


La protección al consumidor pasa por una reforma sustancial a la ley existente que regula la materia o por la elaboración de una nueva ley. Esa nueva legislación debe buscar la defensa del consumidor, en base a la realidad de un país donde la competencia en las áreas de los servicios esenciales a la comunidad está concentrada en uno o en pocos prestadores de los servicios como es el caso del agua potable, la energía eléctrica, servicios que son vitales en la industria, el comercio, los servicios y para la vida de la familia salvadoreña.


No se trata sólo de proteger del abuso de cobros por servicios no prestados, sino de la calidad de los productos y servicios, así como la continuidad de los mismos, asunto al parecer sencillo, pero con trasfondo, como la uniformidad proteccionista de los llamados contratos de adhesión, donde influye el tamaño de la letra en que se confeccionan los contratos, y que se aplique el principio de no discriminación, todo para la debida protección del usuario.


En algunos casos no se tienen opciones de oferentes; por lo que se requiere de un ente administrativo de protección a los usuarios, y para la aplicación de la justicia, un Tribunal de Defensa del Consumidor, que aplique la ley, en juicios rápidos con garantía de audiencia y defensa, que sancione los abusos de una manera drástica y compensatoria, para los perjudicados, todo conforme a derecho. El Tribunal debe ser jurisdiccional y sus integrantes merecedores de sus cargos, por concurso, en base a capacidad jurídica y moral. La posibilidad de resolver en un solo juicio colectivo un conflicto o abuso repetido a varios usuarios, o sea que afecta a varios, ya la señalan las experiencias de países con legislación avanzada.


No se trata sólo de los servicios públicos prestados por el Estado, como ANDA, sino el de la Distribución de Energía Eléctrica, proveedores de Internet y Telefonía, los servicios de ciertas universidades privadas, que no enseñan lo que prometen o no tienen autorizados los planes de estudio, también la calidad de la mercadería, medicinas y enseres que se venden en el comercio, los recibos que se entregan a los clientes cuando son al crédito, deben de expresar la tasa de interés que cobran, la facultad de retracto hasta por número de días, después de recibir el bien o la contratación de un servicio en presentaciones o reuniones en que el adquiriente consumidor da su consentimiento. Esto se aplicaría a las compras por internet, en la entrega posterior del objeto de la venta, debe de haber concordancia sobre calidad publicitada y la verdad.


Sabemos que la mejor protección a los consumidores es creando condiciones para que el grado de competencia real, en cada segmento de mercado sea el mayor posible, pero en los servicios públicos prestados por el Estado o por los particulares, el tamaño del mercado es una limitante para más prestadores; por lo que una adecuada protección de los consumidores será un pilar básico, que legitime la Economía de Mercado; ya que en este país hay abusos, como hemos anteriormente señalado en esta columna, tal es el caso de los pagarés en blanco y los recargos en las tarjetas de crédito.


El presidente Saca en el discurso inaugural de su gobierno dijo: “Debemos proteger la economía familiar, sabemos que existen abusos... y nuestro Gobierno no los permitirá más...”


Una ley clara y contundente y un tribunal competente deberá parar los abusos. Debemos discutir públicamente las reformas o mejor una nueva ley, para no quedarnos con defensorías del consumidor en el ámbito político-administrativo-publicitario.

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