lunes, 22 de mayo de 2006

Otra ley de ética gubernamental

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Uno de los últimos actos de la pasada Asamblea Legislativa fue la aprobación del Decreto n.º 1038, que contiene un cuerpo legal denominado “Ley de ética gubernamental”. Como tantas otras veces, voceros gubernamentales han anunciado que la nueva ley constituye un gran avance en la lucha contra la corrupción y que es enormemente beneficiosa para el país. No hay nada de eso.


La nueva ley establece supuestas normas de conducta para los funcionarios públicos de una manera que parece estar convirtiendo en jurídicas las reglas de los buenos modales; habla de principios de decoro, de lealtad, de responsabilidad, deber de veracidad, de eficiencia, etc. Principios que deben regir la conducta de los destinatarios de la ley, como el principio de transparencia, lo sabemos, son letra muerta si no tienen mayor desarrollo en la ley.


La ley establece once prohibiciones concretas a los funcionarios y empleados públicos, acciones por las que pueden ser sancionados, pero encontramos que todas ellas, menos una, la prohibición de discriminar a la persona en la prestación de un servicio por su condición social, racial, política o religiosa, estaban ya contempladas en la ley salvadoreña, sea en el Código Penal o en la Ley del Servicio Civil, como delitos o faltas administrativas. ¿Qué se gana entonces con la nueva ley?


Se crea una nueva oficina pública, el Tribunal de Ética Gubernamental, para la aplicación de la ley. Esto no es más que un aumento de burocracia. Cinco funcionarios que devengarán altos sueldos y la burocracia que los acompañará. Ya existen numerosas instituciones destinadas a vigilar el comportamiento ético y la probidad de los funcionarios públicos; aparte de que esta es una obligación de todos los titulares de cargos públicos, que tienen deberes específicos al respecto, existe la Corte de Cuentas de la República, la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía General de la República, la Policía Nacional Civil, el Tribunal del Servicio Civil y todos los demás tribunales con competencia sobre la materia. ¿Para qué sirve esta nueva oficina?


Es duro decirlo, pero tienen mucho fundamento los que señalan que la nueva ley no es más que un engaño, un acto de propaganda gubernamental, que pretende hacer creer que el Estado se está preocupando por combatir la corrupción. ¿Por qué vamos a creer que esta ley y las oficinas que crea funcionarán si las restantes no han funcionado durante décadas? ¿Por qué no se aplican las leyes existentes en vez de crear nuevas?


Lo peor de todo es que los hechos demuestran que en el país no hay intención de combatir la corrupción. La semana pasada nos enteramos cómo la petición hecha por el Dr. René Fortín Magaña a la Fiscalía General de la República para que solicitara la nulidad de la increíble resolución de la Corte Suprema de Justicia que nulificó las funciones de la Sección de Probidad de la misma fue declarada sin lugar por el nuevo fiscal general en uno de sus primeros actos, después de que el anterior la mantuvo sin resolver durante meses. Las razones que se alegaron para tal negativa, según lo manifestado en las noticias de prensa, son totalmente antijurídicas. ¿Cómo podemos creer en la voluntad del Gobierno si vemos que la corrupción realmente no se persigue?


Aún hay signos de esperanza en este país. La semana pasada también vimos un dignísimo acto protagonizado por un funcionario público de este país, con la pública renuncia del Dr. José Eduardo Cáceres, jefe de la Sección de Probidad, ante la resolución del fiscal que, con la resolución de la Corte, destruye toda posibilidad de combatir la corrupción a través de la oficina que presidía. Nuestras felicitaciones y nuestro agradecimiento a un funcionario salvadoreño bueno y patriota. ¡Pino Cáceres ha hecho patria!

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