La semana pasada ha sido rica en acontecimientos jurídicos que merecerían ser comentados: se han multiplicado las críticas a la Fiscalía General de la República por un controversial caso en que se obligó a una menor de edad a declarar ante su agresor; ha habido una resolución laboral en el caso del cierre de la Universidad de El Salvador, situación que según muchos debía haberse resuelto antes por la vía penal; el presidente declara que si dependiera de él ya habrían sido cerrados los casinos, pero teniendo en sus manos todos los instrumentos legales para hacerlo, como lo hemos dicho varias veces en esta columna, su inacción hace dudar de su voluntad.
Pero el caso al que queremos referirnos este día es a la liberación por un juez de Paz de varios acusados de compraventa de cable telefónico, eléctrico y medidores robados.
En algunas poblaciones el sistema telefónico de línea fija ha desaparecido, sus habitantes solo pueden comunicarse por medio de los más caros teléfonos celulares porque el cable que sirve para prestar el servicio ha sido robado tantas veces que las compañías telefónicas han determinado que no es rentable reponerlo. Los servicios eléctricos y de agua potable también han sido seriamente afectados. Es un tipo de delitos que daña a toda la sociedad, pero también resulta fácil de combatir y la Policía Nacional Civil montó operativos para capturar a quienes hacen rentable la comisión del delito: a los compradores y revendedores de los productos robados; un caso típico de crimen organizado. El asunto parecía caminar bien hasta llegar al sistema judicial y, cuando se esperaba que se dieran decisiones ejemplarizantes vimos cómo por decisión judicial algunos de los “topeteros” capturados fueron sobreseídos y otros quedaron en libertad.
Talvez se han dado casos más graves en nuestro país, pero este ha llamado especialmente la atención y generado frustración e ira contra el Órgano Judicial. Lamentablemente, no hemos podido obtener la resolución de los jueces correspondientes, pero si lo que los periódicos relatan es exacto, hay motivo de alarma. Según dichos informes, los jueces alegaron que la Fiscalía no había presentado evidencias o indicios suficientes para sustentar la acusación ni demostrado el nexo probatorio entre el delito y los objetos decomisados.
Si esto es cierto, estamos ante casos tan evidentes de incompetencia judicial que no pueden ser pasados por alto. La simple tenencia de medidores de ANDA o cables utilizados para conducción de electricidad o comunicaciones telefónicas y no poder dar cuenta de la legítima tenencia de estos últimos por medio de los recibos correspondientes de compra y pólizas de importación debe ser considerada prueba, no indicio, de la comisión del delito. Nuestro Código Procesal Penal dice que las pruebas presentadas deben ser examinadas de conformidad a la sana crítica, y de conformidad a dicho examen solo se puede concluir que en un país como el nuestro la tenencia de esos productos por particulares que no tienen nada que ver con empresas de prestación de servicios públicos, en las cantidades que se encontraron, más de veinticinco toneladas de cobre, solo puede provenir de una fuente que es el hurto de dichos productos. Es algo tan sencillo que cualquiera lo puede deducir.
Un juez que no pueda llegar a esta simple conclusión es un funcionario que no merece poseer el cargo que posee, por falta de competencia notoria. El uso de la sana crítica no significa que el juez va a resolver como le da la gana, sino de acuerdo con las reglas de la lógica y la experiencia. La Ley Orgánica Judicial prevé la sanción de destitución para quien no pueda hacerlo. Pero, ¿realmente hay jueces tan obtusos que no puedan realizar una operación mental tan simple? Este es un caso en el que la Fiscalía debe investigar a esos jueces y a otros participantes en el proceso para determinar si se ha cometido un delito de otro tipo.
El sistema judicial, la Fiscalía y el Órgano Ejecutivo han demostrado una vez más que no pueden protegernos contra el delito que abate a nuestra sociedad y no lo harán hasta que se decidan a aplicar las leyes existentes. No lo harán con decretos prohibiendo la exportación de cobre o con la creación de nuevos tribunales especiales encargados a jueces de reputación cuestionada, basta la voluntad de aplicar la ley.
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