lunes, 10 de marzo de 2008

Transparencia y acceso a la información

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El jueves de la semana recién pasada, el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) realizó un evento de divulgación jurídica que se enmarca dentro de las tradicionales actividades culturales que lleva a cabo en cumplimiento de sus fines estatutarios.


En dicho evento se trató un tema de gran importancia que viene cobrando visos de necesidad imperiosa puesto que atañe directamente a la gestión pública en general y a la gestión gubernamental en particular.


Si nuestro país evoluciona hacia la instauración de una verdadera democracia y transita por los caminos de la modernización, se hace impostergable que se dicten las medidas legislativas pertinentes para asegurar el buen funcionamiento de las instituciones. A este respecto, la transparencia en la gestión pública es una cuestión de vital importancia y debería ser la norma rectora de la conducta de los funcionarios públicos.

Sin embargo, todavía está muy lejos que la transparencia en la gestión pública siente sus reales en nuestro país. Mientras no exista la conciencia necesaria en los funcionarios públicos de desempeñarse conforme los cánones establecidos para el ejercicio de sus funciones, no podrá haber una actuación en que la eficiencia y la honestidad sean las notas distintivas y características de las mismas.


A fin de que los ciudadanos se enteren de la forma en que se manejan los negocios públicos debe haber la apertura necesaria en las diferentes instituciones y entidades estatales y estar disponible toda clase de información al respecto. Si anteriormente la regla general de la administración era el secreto, ahora es la transparencia, y de esta guisa, el hacer público manifestado en las múltiples acciones y decisiones que se toman sobre los negocios, quedaría sujeto a la fiscalización ciudadana y al escrutinio de la opinión pública.


En la determinación jurídica de estas nociones se ha sostenido que la transparencia es el concepto general y el acceso a la información uno de sus componentes, o bien, que la transparencia es la apertura de la actividad del estado por iniciativa del mismo y el acceso a la información un derecho del ciudadano a obtener información de trascendencia pública. Sea lo que fuere, lo importante es que la ley encuentre formas de posibilitar la efectividad de los derechos y procedimientos correspondientes.


Los organismos internacionales establecen los siguientes indicadores para determinar si un país presenta características de transparencia: a) existencia de responsabilidades, controles y reglas claras; b) acceso a la información pública; c) rendición de cuentas; d) participación y escrutinio público. En cuanto al derecho de acceso a la información, lo esencial es que es un vehículo para la participación ciudadana en el manejo de la cosa pública y en el consiguiente control del desempeño de los funcionarios, de tal suerte que se ha convertido en un instrumento inestimable en la lucha contra la corrupción, esa lacra social que causa tanto daño pues genera un grave deterioro moral y produce un marcado debilitamiento institucional.


Lo anterior fue el objeto de la conferencia que se dictó en el evento al principio mencionado. Esto es un esfuerzo más de las instituciones académicas como el Centro de Estudios Jurídicos que propugnan porque se emita cuanto antes una ley que regule la transparencia en la gestión pública y el derecho de acceso a la información.


Debería darnos vergüenza que vamos a la zaga de los demás países en que ya existe esta clase de normativa y sin embargo no tenemos reparo en decir que hemos dado los pasos necesarios para que consideren a nuestro país como un lugar seguro para la realización de toda clase de negocios e inversiones. Solo cuando se tomen las medidas que se dejan mencionadas se podrá decir con propiedad que hemos avanzado en el camino del desarrollo.

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