Un hecho singular ha impactado la conciencia jurídica, haciendo reflexionar, una vez más, sobre si en El Salvador estamos viviendo un Estado de Derecho.
Nos referimos al laudo arbitral pronunciado en contra de la Asamblea Legislativa que le manda pagar, por incumplimiento de contrato, cierta cantidad de dinero a una firma especializada en contaduría, por no ordenar que se procediese a auditar a la Corte de Cuentas de la República.
Ante este hecho, la Asamblea Legislativa ha reaccionado en forma arbitraria y solicitó la nulidad del laudo arbitral, lo cual ya fue resuelto favorablemente por la Cámara de Segunda Instancia respectiva, en forma sospechosamente veloz, y por lo tanto inusual, dado el ritmo de la administración de justicia. El fallo que anula el laudo arbitral está basado en que no se había agotado la negociación directa entre las partes contratantes.
Por supuesto, la negociación no es un trámite ad perpetuam y en ello hay que considerar cuántas veces se intentó por la parte interesada y el tiempo transcurrido, etc. A este respecto es del conocimiento público que se llevaron a cabo varias reuniones en las que la firma auditora solicitó a la Asamblea Legislativa la instrucción para iniciar la auditoria, y así poder cumplir la obligación a su cargo, objeto de la contrata.
Después, la Asamblea designó su propio árbitro, pero resulta que en ninguna etapa del procedimiento alegó que no se había agotado la negociación. La razón de ello es muy sencilla: el demostrar que la negociación estaba pendiente implicaba que, al final, se vería obligada a dar la orden para comenzar la auditoría en la Corte de Cuentas.
Es evidente que la Asamblea Legislativa ha dado marcha atrás en realizar la auditoría y decidido no cumplir el contrato con la firma auditora. En estas circunstancias, el fallo que anula el laudo arbitral no está ajustado a derecho y puede ser objeto de impugnación. Otra reacción es intentar reformar la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje, en el sentido de suprimir la potestad de los Centros de Arbitraje de designar al tercer árbitro, que al decir de la prensa se pretende asignar al presidente de la Corte Suprema de Justicia.
Las motivaciones de los diputados no pueden ser más mezquinas: hacer muy difícil condenar al Estado, colocando un filtro en el procedimiento arbitral. En otras palabras, que se rompa el principio de igualdad ante la ley establecido en la Constitución, al favorecer en las querellas su conducta, aunque sea ilegítima y violatoria de las obligaciones contractuales.
Así, el tercer árbitro podrá ser objeto de presión para que se incline a favor de las entidades públicas. Esta pretendida reforma es un atentado a la institución del arbitraje, que como método alternativo para la solución de controversias está reconocido en la Constitución, y por el fin que conlleva, de administrar justicia de manera pronta y eficaz, es de interés público.
La conducta de la Asamblea Legislativa provocará nefastas consecuencias, entre otras, las que tienen relación con ahuyentar a potenciales inversionistas, que ante este tipo de actuaciones desconocedoras de la institución del arbitraje preferirán invertir en países donde exista un régimen de garantías jurídicas.
Hoy, que en forma trillada se repite que estamos en una era de economía global, no debemos dar pasos en falso, sobre todo por aquellos entes que deben ser ejemplo del cumplimiento de la ley. Si los órganos del Estado no la acatan, lejos, pero muy lejos, estamos de un Estado de Derecho.
La Corte de Cuentas, además de coto de caza de un partido político, se ha convertido en un órgano supranacional cuyo manejo presupuestario no puede ser examinado, so pena de “pasarle la factura” a los diputados que se atrevan a ordenar el examen de cuentas. Cosas veredes, Sancho amigo.