lunes, 23 de junio de 2008

Pautas constitucionales para Plan de Gobierno

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Habida cuenta de que los partidos políticos en contienda se hallan en una abierta campaña electoral presidencial, es necesario señalar los parámetros constitucionales que deberían estar, de manera irrefragable, en la base ideológica política de los programas de gobierno.


En el preámbulo de la Constitución se establece como base de la convivencia nacional el respeto de la dignidad humana, que es el elemento primordial que caracteriza la filosofía humanista de la acción a emprenderse, y que en el mismo texto se subraya al referirse a la búsqueda de los valores de la herencia humanista, quedando consagrado en el artículo 1º, donde se reconoce a la persona humana como el origen y fin de la actividad del Estado.


En esa perspectiva, la Constitución declara ab initio los derechos individuales, civiles y políticos, estableciendo como fines del Estado la obligación de asegurar a los habitantes de la República el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.


De esta manera, se proclama el derecho de las personas a la vida, la integridad física y moral, la libertad, la seguridad, al trabajo, la propiedad y posesión y a ser protegidos en su conservación y defensa. Estos, a la vez que son sustantivamente derechos individuales, constituyen normas programáticas ya que requieren acciones del gobierno debidamente planificadas, para alcanzar los objetivos aludidos por medio de políticas diseñadas a tal propósito.


A esta gama de derechos siguen otras numerosas prescripciones de la Constitución que deben tenerse en mente al forjar el plan de ofertas de gobierno de todo partido político, sea cual fuere su emblema o color.


Los derechos humanos, y los correlativos deberes del Estado, adquieren sentido colectivo en la visión de la Constitución, cuando expresa que está organizado para la consecución de la justicia, la seguridad jurídica y el bien común. Estos valores constituyen el marco axiológico del Estado y, al mismo tiempo, son los postulados normativos del orden jurídico.


En cuanto a los derechos sociales se fijan los criterios reguladores referentes a la familia, el trabajo y la seguridad social, la educación, ciencia y cultura, y la salud pública y asistencia social. Así, se vela por la familia en su integración, bienestar y desarrollo social, cultural y económico; el trabajo, que es una función social, genera derechos y beneficios para el trabajador; la educación y cultura deben difundirse para construir una sociedad democrática, más próspera, justa y humana.


La salud constituye un bien público y requiere de una política nacional, con mecanismos de control y supervisión. El Estado dará asistencia gratuita a los enfermos que carezcan de recursos; tomará a su cargo a los indigentes; controlará la calidad de los productos alimenticios y velará por las condiciones ambientales.


El orden económico debe responder a principios de justicia social y se promoverá el desarrollo económico y social; se fomentarán los diversos sectores de la producción y se defenderá a los consumidores; se garantiza la libertad económica y la propiedad en función social; se protegerán y fomentarán las cooperativas, asociaciones de tipo económico y la pequeña propiedad rural, y se adoptarán políticas de población y construcción de viviendas, etc.


En suma, se deben definir las metas a la luz de la concepción humanista de la Constitución y tratar de alcanzarlas mediante las políticas encaminadas a garantizar y promover los derechos de la persona.


Los salvadoreños podemos válidamente exigir su cumplimiento, estén o no en un plan de gobierno, pues los dirigentes políticos deben actuar en consonancia con la fuente jurídico-constitucional de la organización de la sociedad. El pueblo es el soberano y el mandante, y su voluntad está plasmada en la Carta Magna, y las ofertas electorales deben responder a la voluntad del constituyente, que es el pueblo mismo.

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