lunes, 6 de septiembre de 2010

PROYECTO DE LEY DE TRANSPARENCIA

Centro de Estudios Jurídicos / Por el imperio del derecho

La Asamblea Legislativa tiene bajo consideración un proyecto de ley de transparencia y acceso a la información pública, que está siendo impulsado por el Grupo Promotor, conformado por entidades de la sociedad civil, entre ellas el Centro de Estudios Jurídicos.


Es relevante difundir sus justificaciones y objetivos, por su relevancia en el proceso de democratización del país.


El poder público emana del pueblo y los funcionarios son sus delegados; por ende están obligados a difundir información concerniente a la gestión que realizan y el manejo presupuestario, bajo el principio de máxima publicidad.


Frente a ello se consagra el derecho de toda persona de acceso a la información en poder de los entes gubernamentales, cuyo manejo secreto solamente puede tener justificación excepcional por razones de Estado, pero sujeto al control institucional.


En ese sentido, el proyecto de Ley de Transparencia establece que la difusión podrá limitarse por excepciones expresas, taxativas, como son razones de seguridad o defensa nacional; o no afectar la persecución de actos ilícitos, entre otras causales. También hay excepciones respecto a la información confidencial, concerniente a la intimidad, el honor y la propia imagen, así como a los secretos profesionales, comerciales, industriales, bancarios y otros semejantes.


Estas excepciones no deberán impedir la labor de fiscalización o vigilancia del Estado; es más, el control de partidas discrecionales tiene que realizarse en forma rigurosa, como es debido.


Por ello, los objetivos de la ley propuesta comprenden impulsar la rendición de cuentas, contribuir a la prevención y combate de la corrupción y fomentar la probidad.


Habiéndose avanzado en la Asamblea Legislativa en un acuerdo para crear un ente autónomo, instituto o consejo de transparencia, responsable de la aplicación de la ley, que conocerá de los recursos de los particulares ante una denegación de información, es vital el paso siguiente: asegurar que las personas que conformen esta autoridad no estén ligadas a líneas partidistas o de cualquier índole que puedan afectar o influir en sus decisiones, pues su integridad, imparcialidad y objetividad tienen que ser absolutas.


El proceso de postulación y selección de sus integrantes deberá constatar condiciones de moralidad notoria indisputable. El proyecto de ley establece requisitos de honorabilidad y trayectoria cívica, de solvencia respecto a responsabilidades administrativas anteriores y otros atributos que deberán exigirse sin excusas ni ambigüedades.


Según la propuesta del Grupo Promotor, los concejales serán seleccionados entre ternas procedentes de las universidades, la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador, la Asociación de Periodistas de El Salvador y la Asociación Nacional de la Empresa Privada; quedando en manos de la Corte Suprema de Justicia la decisión final.



La Subsecretaría de Transparencia ha recomendado un mecanismo por etapas, que comprende un sistema de postulación pública abierta a entidades de la sociedad civil en general; en una segunda fase, entre los propuestos, el Presidente de la República seleccionaría una terna; acto seguido se sometería la nómina presidencial a la Corte Suprema de Justicia, el ente elector; finalmente, se facultaría a la Asamblea Legislativa para vetar el nombramiento efectuado por la Corte. La complejidad del proceso genera dudas sobre su viabilidad.


Resolver los temas pendientes sobre la forma de integración del Instituto, el procedimiento de selección de candidatos y el ente elector, son aspectos medulares en el tapete de la discusión.


Consideramos esencial que se preserve el perfil de independencia y honorabilidad de los funcionarios a designarse, para que el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información cumpla sus magnos objetivos, pues la transparencia del sector público es, en el mundo moderno, una nota característica del Estado de derecho, que requiere legislarse con prontitud y esmero.

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