lunes, 26 de abril de 2004

¿Cuál es la fecha de la Ley de Policía?

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El Órgano Ejecutivo ha dado iniciativa a un proyecto de Ley Contravencional que vendría a sustituir a la Ley de Policía. Ya era hora.


La Ley de Policía es un cuerpo legal bellamente redactado, pero adecuado a una sociedad en la que la carreta de mulas era el colmo de la sofisticación tecnológica. Es obsoleta, pero importantísima, vistas las actividades que regula: tránsito, vagancia, mendicidad, comercio informal, aseo y tranquilidad públicos, ornato, tenencia de animales domésticos, juegos de azar, servicios públicos, etc.


Hace poco, habiéndose iniciado la polémica no concluida sobre la aprobación de casinos por las alcaldías, se debatió fuertemente si aún estaba vigente y hasta se llegó a decir que no existía.


A pesar de que en los artículos del CEJ se indicó su origen exacto, los polemistas ni siquiera determinaron la fecha en que fue promulgada. En artículos de prensa publicados la semana pasada, se afirma que la ley data de 1856, 1875 y 1906. Ninguna de estas fechas es correcta; la última es la de la publicación de una de las ediciones de la ley. Los autores del proyecto de Ley Contravencional ordenan su derogación sin especificar su fecha.


La Ley de Policía apareció en la Codificación de Leyes Patrias de 1879. En 1873, a iniciativa del gobierno de Rafael Zaldívar, la Asamblea Legislativa ordenó que fuera compilada en un solo tomo y en un solo cuerpo legal, toda ley salvadoreña que no estuviera codificada. Una comisión se encargó de ello y presentó un proyecto que, según algunas opiniones, merecía una revisión, por lo que se acordó la publicación de las partes que hubieran sido revisadas.


En 1875 aparecieron sectores de la compilación en el Diario Oficial, entre ellos la Ley de Policía que comprendía los artículos de 1,020 a 1,412 de la codificación, pero vista la publicación irregular, se generó confusión y caos en su aplicación.


A fin de resolver esto, se encargó al ministro de Justicia, Cruz Ulloa, la revisión de la obra y su publicación en un solo tomo. Esta fue la Codificación de Leyes Patrias, declarada ley por Decreto Ejecutivo de 6 de marzo de 1879 (la Constitución vigente admitía la delegación de funciones legislativas al Presidente de la República), publicado como preámbulo a la obra. La Ley de Policía estaba contenida en el Libro Séptimo y comprendía los art. 1 a 392.


Es sorprendente, y muy alarmante, que se haya desatado una polémica sobre la fecha de aprobación de la Ley de Policía. Muchos abogados que participaron en la polémica sobre los casinos y hasta los colaboradores de los órganos Ejecutivo y Legislativo no han podido determinarlo con exactitud. La Codificación de Leyes Patrias es uno de los textos capitales de nuestro desarrollo jurídico y ha sido estudiada y ampliamente comentada por todos los historiadores del Derecho salvadoreño (Napoleón Rodríguez Ruiz, Julio Alberto Domínguez Sosa, Enrique Silva, Roberto Vidales, etc.), por lo que cualquier duda sobre su origen debería haber sido resuelta con un mínimo de investigación. Este hecho revela la deficiente formación jurídica que se imparte en las universidades salvadoreñas, que siempre responden arrogantemente en cuanto se les cuestiona su calidad. No sólo ignoran completamente la historia nacional y la de nuestro Derecho; éste se estudia como un fenómeno fuera de la historia, congelado en el momento en que se imparte una lección, sin informar ni preocuparse sobre sus fuentes y verdadero origen, que es lo que nos puede hacer interpretar y aplicar en forma correcta la ley.


Muchos abogados salvadoreños, sobre todo los jóvenes, ni siquiera han oído hablar de la Codificación de Cruz Ulloa. Es hora de que se genere un serio debate sobre el tema y que se tomen acciones contra la deficientísima calidad de la educación jurídica en el país, tantas veces comprobada. Es hora de hacer un fuerte reclamo contra la mercantilización de la educación superior.

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