jueves, 24 de junio de 2004

Un nuevo Ministerio de Gobernación

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


Ninguna oficina administrativa ha sido mencionada tantas veces en nuestros artículos como el Ministerio de Gobernación, antes del Interior, y no ha sido con luces amables.


Hemos recogido, simplemente, la opinión muy generalizada en la comunidad jurídica: el ministerio funciona con gran desprecio del sistema jurídico del país; la ley y los derechos de los particulares son letra muerta en el mismo.


El ministerio opera con base en instructivos, circulares o la voluntad caprichosa de sus titulares o empleados.


No son pocos los abogados que han dicho que todo cuanto aprendieron en la Universidad no sirve de nada en cuanto entran al ministerio.


Las quejas se refieren a prácticamente todas sus dependencias: Migración, Espectáculos Públicos, gobernaciones, etc. A esto se ha añadido en años recientes el hecho de que, habiendo absorbido las funciones del Ministerio de Justicia, el Ministerio de Gobernación casi no las cumple. ¿Dónde están el índice legislativo o los certámenes de investigación jurídica, por ejemplo? Sin embargo, dos oficinas en particular colman la paciencia de los profesionales del Derecho: el Diario Oficial y el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.


Con respecto al primero, y dejando aparte su pérdida de calidad y otros defectos, durante décadas ningún ministro ha resuelto, quizás ni intentado resolver, uno de los problemas jurídicos más graves del país: el atraso en su publicación.


Esto genera una situación delictiva permanente de falsedad y gran inseguridad jurídica, que sólo ha sido tolerada por la indiferencia al orden jurídico de otras autoridades del país.


A los abogados practicantes y a miles de particulares afecta más directamente la situación del Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.


No ayuda mucho que la ley de la materia y los procedimientos contenidos en la misma sean la antítesis de todo proceso de modernización de la administración pública, pero en ninguna otra parte exhiben los burócratas de este país el síndrome que los sicólogos han llamado “del pequeño Napoleón” o “del pequeño Hitler”, esa necesidad de hacer valer sobre los demás la poca autoridad de que están revestidos humillando a los demás.

La opinión generalizada es que una persona jurídica nueva no puede ser inscrita sino gracias al “cuello”, a la orden directa de los titulares de la institución.


El abogado que llega de buena fe a procurar la inscripción de una nueva asociación se encontrará con una barrera infranqueable; se le harán mil prevenciones, generalmente ordenándole cambiar el texto de la escritura pública de constitución de la entidad que pretende inscribir.

Lo peor de todo es que esas observaciones no tienen una base legal; generalmente, la escritura no sigue el texto exacto del modelo elaborado en el Registro, incluye alguna cláusula novedosa que los empleados de aquél no han visto antes o lo más probable, al empleado le dio la gana que se incluya o excluya algo que no está en la ley.


Los razonamientos que se dan serían risibles si no estuvieran en juego los derechos de los particulares; el objeto es siempre demostrar que éstos se pueden violar impunemente por quien tiene poder.

Los nuevos titulares del Ministerio de Gobernación tienen un reto enorme: contribuir a la creación de Derecho, haciendo que esa secretaría de Estado deje de ser una de las más arbitrarias del país.

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