lunes, 6 de diciembre de 2004

Aspectos de la reforma fiscal

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El Centro de Estudios Jurídicos ha estado de acuerdo, en principio, con la reforma fiscal propuesta por el Gobierno. La contribución de los ciudadanos a los ingresos del Estado para satisfacer las necesidades que reclama la sociedad entera es incuestionable y queda fuera de toda posible consideración. También es indudable que el Estado salvadoreño, en su situación actual, necesita mayores ingresos para el cumplimiento de sus fines, que deben ser cubiertos por los ciudadanos con capacidad impositiva, en justa proporción a sus ingresos.


El cumplimiento de las nuevas obligaciones tributarias que la reforma fiscal impone a los salvadoreños es un asunto de elemental patriotismo, pero también de interés personal. El pago de impuestos es un sacrificio personal que nos impone el mero hecho de convivir con otros seres humanos en una sociedad civilizada y el honrado cumplimiento de esta obligación es una buena medida de nuestra honestidad personal y altura ética.


Por supuesto, es difícil estar de acuerdo con todas las reformas, punto por punto, lo que en ningún momento implica que pensemos que se justifica por ello el incumplimiento de la ley, pues hay aspectos en la reforma que son objetables, desde puntos de vista económico o jurídicos. Debemos llamar la atención de algunos de ellos y advertir de la vigilancia que debe mantenerse para garantizar que la reforma fiscal sea un éxito y no conduzca a empeorar los males que pretende resolver.


Lo primero que debemos señalar es que la correcta puesta en práctica de las reformas implica el aumento del personal y de la infraestructura con que cuenta el Estado para el cobro de los impuestos, sobre lo que hay que poner atención. También incluyen novedosas obligaciones para los particulares; algunas, como las derivadas del aumento de las facultades fiscalizadoras del Estado, no pueden ser objetadas, pero otras pueden traer graves consecuencias jurídicas.


Una norma que generará graves problemas es la reforma al Código Tributario exigiendo la presentación de solvencias de impuesto para la realización de multitud de actos, que incluyen la obtención de créditos bancarios y la inscripción de documentos en registros públicos. La disposición es un verdadero retroceso y es perjudicial para la vida jurídica del país. Como cualquiera que ha intentado tramitar una solvencia de impuestos recientemente lo ha comprobado, no se trata de un proceso rápido, ni mucho menos automatizado (“el sistema se ha caído” es la excusa que más frecuentemente se escucha); es una ocasión para el fomento de la corrupción de los empleados de la administración tributaria. Hace años se eliminó la medida con objeto de volver operante el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas y acabar la mora de miles de documentos sin inscribir por falta de solvencias. Las reformas amenazan arruinar todo lo hecho por mejorar la institución en 20 años.


El pago anticipado a cuenta del impuesto de IVA, cuando el hecho generador del mismo no se ha causado, y que se origina en la retención que el distribuidor mayorista debe hacer al distribuidor final, genera problemas de constitucionalidad.


Estos casos, en resumen, nos demuestran que el Estado ha fracasado en el cumplimiento de su labor fiscalizadora del pago de los impuestos, pero también que busca la solución errada al problema. Lo que debe hacer es reorganizar la administración tributaria para perseguir eficazmente a quienes evaden impuestos, pero parece que lo que pretende es que otros, como el CNR, los bancos o los particulares, realicen su labor. Esto es alarmante porque el Gobierno no está corrigiendo sus defectos internos y una administración defectuosa no es garantía del cumplimiento de la ley.

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