lunes, 23 de julio de 2007

Los acontecimientos de Suchitoto

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


El día jueves de la semana pasada, la Cámara Especializada de San Salvador confirmó el enjuiciamiento por el delito de actos de terrorismo contra las trece personas capturadas en las afueras de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, durante los disturbios callejeros acaecidos el pasado 2 de julio.


Diferentes opiniones se han vertido respecto de la competencia para el juzgamiento de tales hechos, poniendo en el tapete de las discusiones si los actos realizados por los trece imputados deben ser juzgados de acuerdo con lo tipificado en el artículo 5 de la Ley Antiterrorista, o por lo establecido en el artículo 348 del Código Penal.


Lo cierto es que, hoy por hoy, los magistrados de la Cámara Especializada han determinado que debe seguir aplicándose la tipificación establecida en el artículo 5 de la Ley Antiterrorista. Esta decisión, independiente de su mérito jurídico, debe ser respetada y acatada. Si la tipificación del delito cambia en el transcurso del proceso, pues tal decisión deberá acatarse también. En este contexto, el Fiscal General de la República lanzó un fuerte mensaje al Órgano Ejecutivo, al expresarle que lo mejor en este caso es que no opine sobre la tipificación del delito. Entrelíneas, lo que el Fiscal General de la República le manifestó al Órgano Ejecutivo es que este se limite a cumplir con su función, la cual es brindar seguridad a los ciudadanos y capturar a los delincuentes; es el Órgano Judicial el que debe valorar la naturaleza de los actos, así como valorar las pruebas que presente la Fiscalía General de la República, y los argumentos de la defensa de los imputados. Y es que así debe ser.


En nuestros artículos anteriores, hemos insistido en la necesidad inminente de que cada uno de los tres Órganos del Estado tome conciencia de su verdadero papel en la institucionalidad del país, desde luego que los obstáculos reprochables que ponen día a día al desarrollo institucional bloquean el avance de la democratización, la cultura productiva y la inclusión social. Si la Asamblea Legislativa decretó tanto el Código Penal como la Ley Antiterrorista, y el Órgano Ejecutivo los sancionó y los mandó a publicar, cumpliendo ambos órganos con sus funciones constitucionales, pues que dejen al Órgano Judicial cumplir también con su función, es decir, juzgar a los imputados aplicando la legislación existente, de acuerdo con la Constitución de la República. Deben ser los tribunales los que al final determinen qué delito se cometió o no; no deben ser ni los funcionarios del Ejecutivo ni los diputados de nuestro congreso, quienes apriorísticamente emitan opiniones que en nada contribuyen al juzgamiento de los hechos.


Insistimos una vez más: la República no es viable si sus instituciones no funcionan. Y esta tremenda verdad es la que debe privar en la conciencia de los funcionarios que han sido elegidos por el pueblo salvadoreño y en los cuales se ha depositado la confianza para el manejo de la cosa pública. Desde la firma de los Acuerdos de Paz, nuestro país ha avanzado muchísimo en el proceso de democratización. No debemos permitir que tanto esfuerzo y sacrificio sean simplemente olvidados y lanzados por la borda. A los tres órganos del Estado hacemos un vehemente llamado para que tomen conciencia de sus funciones constitucionales y respeten el orden establecido en nuestra Carta Magna. Si las estructuras en ella establecidas no son respetadas, la institucionalidad no tendrá cabida en nuestro país, con las consecuencias desastrosas que ello puede acarrear.


El respeto a la independencia de los poderes del Estado es hoy más que nunca indispensable para el funcionamiento de la institucionalidad; por lo que las expresiones de retórica meramente política o partidista es nada abonan a la conducción correcta de la cosa pública. Solamente el imperio de la ley y el respeto absoluto al principio de legalidad, especialmente en materia penal, permitirán el fortalecimiento de nuestras instituciones judiciales y democráticas, puesto que, como bien se ha dicho, esta práctica es lo que debe ser la “base de la estabilidad progresista y pacífica que nuestra sociedad tanto necesita y nuestro país tanto merece”.

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