lunes, 7 de enero de 2008

Otro Código Procesal Penal

Por el Imperio del Derecho / Centro de Estudios Jurídicos


En un artículo que publicamos en julio pasado nos preguntábamos si era suficiente una reforma legal para que la justicia penal cumpla sus encargos esenciales. Nos formulamos esta pregunta ante la envergadura del problema de la delincuencia y el hecho real de estar muy lejos de enfrentarlo con las medidas apropiadas. En efecto, no existe una política criminal que determine las medidas que se deben tomar sobre el tratamiento del problema delincuencial. Hasta ahora, este no se ha abordado de una manera científica. Agréguese a lo anterior el hecho de ser muy dudoso que los encargados de combatir la delincuencia tengan un conocimiento exacto y suficiente de la realidad nacional en la que se pueda prescindir de otras visiones ciudadanas.


Estas apreciaciones constituirán un señalamiento permanente mientras no se entre en forma decidida a implementar una verdadera política criminal y las autoridades continúen con la actitud de tomar medidas aisladas o sobre uno tan solo de los componentes de la misma, como es, en este caso, la emisión de un nuevo Código Procesal Penal o se dediquen a realizar esfuerzos que poco o nada inciden para resolver problemas esenciales y urgentes de seguridad ciudadana.


Vemos que los considerandos del proyecto de código presentado a la Asamblea Legislativa expresan el objetivo que se persigue, “fortalecer el modelo acusatorio de juicio oral y sus principios procesales propios”, y que es necesario emitir un nuevo código porque el actual “no se ajusta a la realidad del país imperante en estos momentos”. De lo que se trata, entonces, es de dar un cuerpo legal que, según los promotores, ahora contendrá las regulaciones de un proceso penal ajustado a los principios y la doctrina jurídica y “acorde con la realidad del país”.


Por supuesto que toda ley debe ajustarse a principios jurídicos y regular de manera apropiada las relaciones que se dan en la sociedad, pero hasta ahora la Sala de lo Constitucional no ha afirmado que el código vigente sea contrario a la Constitución ni los operadores del mismo se quejan de su falta de ajuste a la dogmática penal. El problema es otro. Se podrá tener el más perfecto código procesal penal y, sin embargo, subsistir en toda su magnitud e intensidad el problema de la delincuencia y su secuela dañina para la sociedad. En otras palabras, cambiando el código no se va al fondo del problema y no se toman las medidas apropiadas, persistiendo las autoridades gubernamentales en una actitud contumaz que desoye las recomendaciones contenidas en estudios y diversos documentos elaborados por expertos en la materia, o lo que es peor, por la propia comisión nombrada por el gobierno para implementar una política de seguridad ciudadana en el país.


Son suficientes las razones jurídicas y sociológicas de que se dispone para tomar el curso de acción apropiado y, de una vez por todas, adoptar las políticas pertinentes para enfrentar el problema de la delincuencia. La seguridad ciudadana es un valor que debe preservarse y la emisión de un nuevo código procesal penal, si bien es necesaria, no será suficiente para garantizar la vida y los bienes de los salvadoreños.

Lo más lamentable sería que esta medida de dictar un nuevo código responda a intereses partidarios y electorales, lo cual no pasa desapercibido a la perspicacia ciudadana por el secretismo con que se ha manejado la elaboración del anteproyecto y el despliegue publicitario que se ha dado a su presentación por el ministro de Seguridad Pública y Justicia. El proceso legislativo debe aprovecharse para generar la amplia discusión que debió precederlo, ya que sería nefasto que fuera aprobado por un solo sector de la Asamblea sin discusión alguna.


Los grandes problemas nacionales ameritan las soluciones apropiadas y en ello debemos insistir aunque los oídos sigan sordos.

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